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A los efectos previstos con lo establecido en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, al amparo del mencionado cuerpo legal, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la línea aéreo subterránea en el término municipal de El Puerto de Santa María cuyas principales características son las siguientes:
Peticionario: Red Eléctrica de España, S.A.
Domicilio: Paseo Conde de los Gaitanes, 177, La Moraleja, Alcobendas, 28109 Madrid.
Emplazamiento de la instalación: El Puerto de Santa María.
Términos municipales afectados: El Puerto de Santa María.
Finalidad de la instalación: Ampliación SET El Puerto de Santa María-Posición Lebrija.
Características principales:
Parque de 220 kV.
Tensión nominal: 220 kV.
Tensión más elevada del material: 245 kV.
Tecnología: AIS.
Instalación: Intemperie.
Configuración: Doble barra con acoplamiento.
Sistema de control y protección.
Servicios Auxiliares.
Sistema de Telecomunicaciones.
Referencia: A.T.: 11514/10.
La servidumbre de paso aéreo y subterráneo de energía eléctrica comprenderá:
a) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.
b) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los extremos de la instalación.
c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica. La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo b) anterior.
De conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 54/1997, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace publico para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, indicándose que el Proyecto de ejecución podrá ser examinado en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía en Cádiz sita en la calle Dr. Manuel Concha, s/n, 11071 Cádiz, y, en su caso, presentarse por triplicado en dicho centro las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 59.4 del antedicho Cuerpo Legal.
Cádiz, 5 de julio de 2010.- La Delegada, Angelina M.ª Ortiz del Río.
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