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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto su notificación en el domicilio conocido al efecto, por el servicio de Correos, por ausencia. Se hace saber, a través de la publicación de este anuncio que en el expediente indicado se ha dictado propuesta de resolución con fecha 30 de junio de 2010, contra la que cabe formular alegaciones, presentar documentos e informes que estime convenientes, conforme el art. 19 del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de la potestad sancionadora, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a su publicación.
Expediente: Gr-21/2010; AMV/TG/PB.
Interesado: Francisco José Díaz Sánchez, con domicilio conocido en Ctra. de Alhama, núm. 82-1.º ó 91, en Salar (Granada).
Norma infringida: Art. 31.2.b) de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria: «la puesta en funcionamiento de instalaciones careciendo de la correspondiente autorización, cuando ésta sea preceptiva de acuerdo con la correspondiente disposición legal o reglamentaria», en relación con los arts. 22 y siguientes de la Ley de industria, y con el art. 1 del Decreto 122/1999, de 18 de mayo, registros de establecimientos industriales, art. 6 del Decreto 9/2003, de 28 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación y mantenimiento de vehículos automóviles y se articulan derechos de los consumidores y usuarios, condiciones y requisitos de dicha actividad industrial, y Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales, así como el control, responsabilidad y régimen sancionador. Infracción tipificada como grave y que según el art. 34.1.b) de la Ley de industria citada, establece que la indicada infracción será sancionada con multa desde 3.005,07 hasta 90.151,82 euros.
Sanción propuesta: 3.006 € una vez tenidas en cuenta las circunstancias previstas en el art. 34.2 del citado texto legal.
Plazo para efectuar alegaciones: Quince días hábiles en el que podrá tomar vista de las actuaciones practicadas y formular cuantas alegaciones, presentación de documentos e informaciones estime convenientes de conformidad con el art. 16.1 del Real Decreto 1398/93.
Con indicación de que queda de manifiesto el referido expediente en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, situado en C/ Joaquina Eguaras, núm. 2, 5.ª planta, en Granada, en el que podrá conocer el acto íntegro de dicho acuerdo.
Granada, 19 de julio de 2010.- El Delegado, P.S.R. (Dto. 21/85), la Secretaria General, Ángela Moreno Vida.
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