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NIG: 4103842C20080004475.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 481/2008. Negociado: S.
De: Don José María Careaga Mata.
Procurador: Sr. García de la Borbolla Vallejo, Eladio.
Contra: Gestión Fiscal Sur, S.L. y Promociones La Rivera 21, S.L.
Procuradora: Sra. Junguito Carrión, Ana María.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 481/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Dos Hermanas, a instancia de José María Careaga Mata contra Gestión Fiscal Sur, S.L. y Promociones La Rivera 21, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Dos Hermanas, a 25 de junio de 2010.
Vistos por mí, doña M.ª Elena Pérez Caro, MagistradaJuez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de los de Dos Hermanas los autos de juicio declarativo ordinario registrado con el número 481/2008 del Libro de asuntos civiles, referentes a reclamación de cantidad seguidos a instancia de don José María Careaga Mata, representado por el Procurador Sr. García de la Borbolla Vallejo, y asistido por el Letrado Sr. Franco Gómez, frente a la entidad Gestión Fiscal del Sur, S.L., asistida por el Letrado Sr. Ruiz Torres y representada por la Procuradora Sra. Junguito Carrión, así como frente a la entidad Promociones La Ribera 21, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal, se dicta la presente resolución.
FALLO
Que estimando sustancialmente la demanda presentada por el Procurador Sr. García de la Borbolla Vallejo, en nombre y representación de don José María Careaga Mata, frente a la entidad Gestión Fiscal del Sur, S.L. y la mercantil Promociones La Ribera 21, S.L., debo:
Primero. Condenar a la demandada Gestión Fiscal del Sur, S.L., a que abone a don José María Careaga Mata la cuantía total de once mil cien euros (11.100 euros), más los intereses legales devengados desde la fecha de interpelación judicial, esto es, 30 julio de 2008.
Segundo. Se absuelve a la codemandada Promociones La Ribera 21, S.L., de los pedimentos ejercidos frente a la misma, con declaración de oficio de sus costas.
Tercero. Las costas ocasionadas a la parte actora se imponen a la codemandada Gefisur, S.L.
Notifíquese esta resolución a las partes. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, a partir de su notificación, para su resolución por la Ilma. AP de Sevilla, previo depósito en la cuenta de consignaciones de este Juzgado del importe de 50 euros, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite.
Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo, doña M.ª Elena Pérez Caro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Dos Hermanas.
Publicación. Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Promociones La Rivera 21, S.L., extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a treinta de junio de dos mil diez.- El/La Secretario.
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