Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 10/08/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de julio de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante de procedimiento ordinario núm. 20/2008. (PD. 2026/2010).

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NIG: 0401342C20080000262.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 20/2008. Negociado: AD.

Sobre: Ordinario.

De: Mercedes Benz Charterway España, S.A.

Procuradora: Sr. Ángel Vizcaíno Martínez.

Letrado: Sr. Amalio Miralles Gómez.

Contra: Frío Monteagudo, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 20/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería a instancia de Mercedes Benz Charterway España, S.A contra Frío Monteagudo, S.L sobre ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Almería, a veinte de noviembre de dos mil nueve.

Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de los de Almería, los anteriores autos de juicio ordinario, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron parte, Mercedes Benz Charterway España, S.A., como actor, representada por el Procurador don Ángel Vizcaíno Casas y asistida por Letrado don Amalio Miralles Gómez, y Frío Monteagudo, S.L., como demandada, incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad, intereses y costas por falta de devolución de un préstamo que en su día concertaron las partes, todo atendiendo a los siguientes

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda, interpuesta por don Ángel Vizcaíno Casas, en nombre y representación de Mercedes Benz Charterway España, S.A., contra Frío Monteagudo, S.L.,

1. Condeno a Frío Monteagudo, S.L., a pagar al actor la cantidad de ciento cincuenta y tres mil trescientos veintinueve euros con ochenta y seis céntimos (153.329,86 €).

2. Condeno a Frío Monteagudo, S.L., a pagar al actor los intereses legales de dicha cantidad desde el día de la interposición de la demanda.

3. Con imposición de costas a la demandada.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación y para resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.

Para interponer el recurso de apelación habrá de constituirse un depósito de 50 € en la cuenta de depósitos de este Juzgado, el mismo día de su presentación o a los dos días siguientes. De no efectuarse el depósito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente sólo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (Disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Frío Monteagudo, S.L, extiendo y firmo la presente en Almería, a veintiséis de julio de dos mil diez.- El/La Secretario.

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