Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 23/08/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 30 de julio de 2010, de la Delegación Provincial Huelva, por la que se procede al cumplimiento de la sentencia de 25 de marzo de 2009, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Huelva y recaída en autos de procedimiento abreviado 58/2008.

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En el recurso de apelación núm. 491/2009, interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia de 25 de marzo de 2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Hueva (recaída en el recurso contencioso-administrativo seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado 58/2008 a instancias de doña María Angustias Becerra Robles contra la Orden de 21.11.2007, de la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra Resolución de 27.2.2007), se ha dictado, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, sentencia de dieciséis de febrero de dos mil diez que desestima el mencionado recurso de apelación y confirma en su integridad la ya citada sentencia de veinticinco de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía contra la sentencia de fecha 25 de marzo de 2009 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Huelva, en el procedimiento número 58/08; resolución judicial que debemos confirmar y lo hacemos en su integridad. Se imponen las costas a la parte apelante».

La sentencia de 25 de marzo de 2009, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Huelva, recaída en el procedimiento abreviado 58/2008, en su parte dispositiva falla lo siguiente. «Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Angustias Becerra Robles, representada por la Letrada doña Laura Muñoz de Bustillo González, contra la Orden de 21.11.2007, de la Secretaría General para las Administraciones Públicas (sic) de dicha Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se desestima el recurso de alzada formulado por la parte demandante, contra la Resolución de 27.2.2007, de la Delegación Provincial en Huelva, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta provincia, anulándola por considerarla contraria a Derecho y condenando a dicha Consejería de Justicia y Administración Pública a valorarle y reconocerle e incluir en la baremación los méritos por trabajados desarrollados y permanencia en el puesto, el tiempo de trabajo de la recurrente para la Administración Estatal, otorgándole 7,5 puntos y 5 puntos respectivamente, y se le nombre a la recurrente para algunos (sic) de los puestos solicitados y relacionados según el orden de preferencia presentado en su día, según la puntuación y orden que le corresponda en la misma, con los efectos económicos y administrativos inherentes a tal nombramiento, sin hacer expresa imposición de las costas causadas».

Firme la sentencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 y 18.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, 72.2 y 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, 13 de la Orden de 6 de agosto de 2009, por la que se delegan competencias en distintos órganos de la Consejería, y 3.2 del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo (número 57, de 23.3.2010), he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de las expresadas sentencias, con su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Huelva, 30 de julio de 2010.- El Delegado, P.S. (Decreto 21/85, de 5.2), el Secretario General, Ismael Domínguez Durán.

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