Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 22/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Corrección de errores a la Resolución de 21 de mayo de 2010, de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se modifica el canon de mejora vigente a solicitud de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada (BOJA núm. 119, de 18.6.2010).

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Advertido un error en la Resolución de 21 de mayo de 2010, de la Agencia Andaluza del agua, por la que se modifica el canon de mejora vigente a solicitud de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada (BOJA núm. 119, de 18.6.2010), se procede a su subsanación mediante esta corrección de errores.

Página número 64, primera columna, artículo 2.

Donde dice:

Desde su entrada en vigor y por un plazo de aplicación de doce (12) años, el presente canon de mejora constará de una cuota fija y una cuota variable, conforme a los siguientes valores unitarios fijos (IVA excluido).

Cuota fija:

Calibre (mm) €/mes (IVA excluido)
13 1,3916
15 1,8567
20 3,2957
25 5,1369
30 7,4037
40 13,1517
50 20,7255
65 34,7360
80 52,6379
100 y mayores 82,2369

Se aplicará el mayor de los dos valores siguientes:

a) El de la tabla según calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales suministrados por el canon correspondiente a un contador de 13 mm.

Nota: Aunque están establecidos precios para contadores incluso mayores de 500 mm, no existe ningún contador mayor de 100 mm.

Cuota variable:

Bloque Único €/m³
- 0,028

Debe decir:

Desde su entrada en vigor y por un plazo de aplicación de doce (12) años, el presente canon de mejora constará de una cuota fija y una cuota variable, conforme a los siguientes valores unitarios fijos (IVA excluido).

Cuota fija:

Para todos los usos:

Calibre (mm) €/mes (IVA excluido)
13 1,3919
15 1,8567
20 3,2957
25 5,1369
30 7,4037
40 13,1517
50 20,7255
65 34,7360
80 52,6379
100 y mayores 82,2369

Se aplicará el mayor de los dos valores siguientes:

a) El de la tabla según calibre del contador.

b) El resultado de multiplicar el número de viviendas y/o locales suministrados por el canon correspondiente a un contador de 13 mm.

Revisión Anual.

El canon de mejora en su parte fija tendrá un incremento anual durante la vigencia del mismo de:

Calibre (mm) €/mes (IVA excluido)
13 0,3105
15 0,4143
20 0,7354
25 1,1462
30 1,6520
40 2,9345
50 4,6244
65 7,7506
80 11,7450
100 y mayores 18,3493

Cuota variable:

Por cada metro cúbico de consumo de suministro de abastecimiento y, para todos los usos:

€/m³
Único 0,0208

Revisión Anual

El canon de mejora en su parte variable tendrá un incremento anual durante la vigencia del mismo de:

€/m³
Único 0,0019

Página número 64, primera columna, artículo 3, apartado 2.

Donde dice:

La imposición del canon de mejora tiene el período de tiempo limitado hasta el año 2020, inclusive, con el fin de atender la amortización de los empréstitos y/o de las operaciones financieras solicitadas para el programa de actuaciones propuesto en la solicitud por la Mancomunidad de Municipios Costa Tropical de Granada, y que implica que los ingresos obtenidos serán los suficientes para hacer frente a la parte de inversión no subvencionada, y a los costes financieros y gastos de formalización que genere la misma.

Debe decir:

La imposición del canon de mejora tiene el período de tiempo limitado hasta el año 2021, inclusive, con el fin de atender la amortización de los empréstitos y/o de las operaciones financieras solicitadas para el programa de actuaciones propuesto en la solicitud por la Mancomunidad de Municipios Costa Tropical de Granada, y que implica que los ingresos obtenidos serán los suficientes para hacer frente a la parte de inversión no subvencionada, y a los costes financieros y gastos de formalización que genere la misma.

Sevilla, 2 de septiembre de 2010

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