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La Consejería de Gobernación y Justicia, de conformidad con lo establecido en el art. 49 del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, procederá a la compensación económica de las actuaciones correspondientes a la defensa y representación gratuita llevadas a cabo por los profesionales adscritos al turno de oficio.
El Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, mediante el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha remitido a esta Consejería, certificación sobre el número de actuaciones realizadas por turno de oficio en cada uno de los Colegios de Abogados durante todo el ejercicio 2009, comprensiva de las actuaciones profesionales verificadas de conformidad con el art. 51 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, procediéndose a la correspondiente tramitación del pago.
En el montante total solicitados por estos en cada uno de los trimestres del ejercicio 2009, se han ido detrayendo unas partidas correspondientes a servicios por actuaciones en materia de extranjería y de penitenciario, cuyos módulos y bases de compensación no venían recogidos en la Orden de 9 de marzo de 2009, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio. Dichos módulos son los referidos a «Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» y «Recursos Administrativos» en materia de extranjería, los cuales ante la falta de regulación de dichos procedimientos en la nueva Orden de baremos, la Intervención Delegada de esta Consejería, fue reparando en sucesivos trámites de fiscalización lo que conllevó diferir el pago de dichos conceptos hasta tanto no se haya modificado la Orden de baremos de 2009.
Asimismo, ante las constantes reclamaciones por parte de los Colegios de abogados del importe asignado al nuevo módulo de «puntos de entradas masivas» creado en dicha Orden de módulos y bases de compensación, generó en el colectivo de Colegios de Abogados importante conflictos debido a que se había producido una reducción drástica de los ingresos a percibir por los servicios que prestan en atención a los extranjeros, que valorados por esta Consejería se ha considerado oportuno su modificación, tramitándose la oportuna modificación de la Orden, de forma que con fecha 21 de mayo de 2010, se publica en el BOJA la Orden de 16 de abril de 2010, por la que se modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobada mediante Orden de 9 de marzo de 2009, la cual recoge dichos módulos, e incrementa el dispuesto para «puntos de entradas masivas».
Los importes aprobados para el abono del turno de oficio referidos a las anteriores actuaciones constan detallados en los correspondientes expedientes administrativos, que se ha tramitado conforme a lo que disponen los arts. 51 y 52 del Decreto 67/2008, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y objeto de fiscalización previa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.3 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (BOJA núm. 255, de 31 de diciembre).
En su virtud, de acuerdo con lo que disponen los artículos 150.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, art. 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; artículo 52 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia, y la Orden de 6 de agosto de 2009, por la que se delegan competencias en distintos órganos de la Consejería,
RESUELVO
Primero. Conceder a los Colegios de Abogados de Almería, Antequera, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Jerez de la Frontera, Lucena, Málaga y Sevilla, a través del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, una compensación económica por los servicios de asistencia jurídica gratuita prestados en materia de «Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria», Recursos Administrativos en materia de extranjería y por el módulo de «Puntos de entrada masiva» durante el ejercicio 2009, por los importes y los conceptos que se han aprobado mediante Orden de 16 de abril de 2010, por la que modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009, que se consignan a continuación, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.12.00.01.00.48300.14B.:
COLEGIO DE ABOGADOS DE ALMERÍA | |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 71.002,14 € |
«Puntos de entradas masivas» | 41.625,00 € |
Total atraso | 112.627,14 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE ANTEQUERA | |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 4.032,71 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE CÁDIZ | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 12.627,02 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 125.410,67 € |
«Puntos de entradas masivas» | 150,00€ |
Total atraso | 138.187,69€ |
COLEGIO DE ABOGADOS DE CÓRDOBA | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 31.812,22 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 10.775,93 |
Total atrasos | 42.588,15€ |
COLEGIO DE ABOGADOS GRANADA | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 4.878,92 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 38.211,58 € |
«Puntos de entradas masivas» | 20.550,00 € |
Total atrasos | 63.640,50 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE HUELVA | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 35.342,40 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 2.710,51 € |
Total atrasos | 38.052,91 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN | |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 27.845,53 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE FRONTERA | |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 12.362,57 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE LUCENA | |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 264,44 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 132,22 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 104.268,70 € |
«Puntos de entradas masivas» | 75,00 € |
Total atrasos | 104.475,92 € |
COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA | |
«Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» | 4.072,40 € |
«Recursos Administrativos» en materia de extranjería | 34.727,58 € |
Total atrasos | 38.799,98 € |
De lo expuesto pues resulta abonar: | |
Total «Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria» |
88.865,18 € |
Total «Recursos Administrativos» en materia de extranjería |
431.612,36 € |
Total «Puntos de entradas masivas» | 62.400,00 € |
TOTAL ATRASOS COLEGIOS ABOGADOS 2009 | 582.877,54 € |
Segundo. Visto lo anterior, la compensación económica total a conceder al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados de los Tribunales asciende a la cantidad de 582.877,54 €.
Este importe es resultado de sumar todos los servicios dejados de abonar en el ejercicio 2009 por las actuaciones realizadas en materia de «Expedientes ante Juzgados de Vigilancia Penitenciaria», Recursos Administrativos en materia de extranjería y por el módulo de «Puntos de entrada masiva», hasta tanto se publicara y por los módulos aprobados mediante Orden de 16 de abril de 2010, por la que modifican los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita en el turno de oficio, aprobados mediante Orden de 9 de marzo de 2009. Del importe total a conceder se ha de deducir de las cantidades total pendientes, las partidas correspondientes a «Punto de entrada masivas» ya abonadas por el módulo específico recogido al efecto en la Orden de 9 de marzo de 2009 en los correspondientes trimestres del ejercicio 2009.
También se procede a autorizar el pago de las reclamaciones efectuadas por dos letradas adscritas al Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Granada referidas a noviembre y diciembre de 2008, quedando el importe a abonar al citado Colegio incrementado por dichas sumas.
Tercero. El importe de la compensación económica deberá ser aplicado por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados al abono del servicio de representación por dichos conceptos correspondiente al ejercicio 2009, realizado por los Colegios de Abogados que lo integran y que comprende, los gastos relativos a la representación jurídica por Abogado en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en la Comunidad Autónoma.
Cuarto. La compensación económica se hará efectiva mediante el libramiento de la totalidad de su importe, conforme a las certificaciones expedidas por los respectivos Colegios sobre el número de actuaciones realizadas durante todo el ejercicio 2009 y por el coste asociado a las mismas.
Quinto. Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sexto. Esta Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 6 de agosto de 2010.- La Secretaria General Técnica, Isabel López Arnesto.
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