Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 19/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 12 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la adjudicación de las becas de formación de expertos en comercio interior para el año 2010, convocadas al amparo de la Orden que se cita.

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En cumplimiento de lo establecido en los artículos 7.4 y 17.4 de la Orden de 20 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 194, de 2 de octubre), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y la Resolución de 26 de mayo de 2010, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan becas de formación en materia de comercio interior para el año 2010 (BOJA núm. 113, de 10 de junio), esta Dirección General,

RESUELVE

1.º Hacer público que, mediante Resolución de 12 de noviembre de 2010, se adjudican las becas para la formación de expertos en comercio interior. De conformidad con el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía se relacionan a continuación los beneficiarios:

2.º Las becas de formación de expertos en comercio interior están cofinanciadas por la Comunidad Europea, incluidas en el Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013 para Andalucía. El porcentaje de cofinanciación es del 80%.

La aceptación de la beca implica la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios prevista en el artículo 7.2.d) del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre: "Publicación, electrónica o por otros medios, de la lista de beneficiarios, los nombres de las operaciones y la cantidad de fondos públicos asignada a las operaciones. No se nombrará a los participantes en una operación del FSE".

3.º El contenido íntegro de la Resolución de 12 de noviembre de 2010, con indicación de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, estará expuesto en la página web www.juntadeandalucia.es/turismocomercioydeporte, en el tablón de anuncios de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sito en C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, planta baja, de Sevilla, y en los de las Delegaciones Provinciales de la misma, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.º El plazo para aceptar las becas, destinos asignados y cuantas obligaciones se deriven de la adjudicación de las mismas, conforme al artículo 17.4 de la referida Orden, así como para recurrir se computará a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La resolución se podrá recurrir potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que proceda, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad, con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de noviembre de 2010.- La Directora General, M.ª Dolores Atienza Mantero.

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