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Don Miguel Angel Martínez Bellón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mengíbar (Jaén).
Decreto núm. 2010/628, dado en Mengíbar el 3 de noviembre de 2010.
Vista la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2009, aprobada por Resolución de Alcaldía núm. 2009/619, de 9 de diciembre de 2009, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 290, de 19 de diciembre de 2009, por la que se precisa convocar una plaza de Administrativo, subgrupo C1, para la provisión en propiedad de una vacante en la plantilla, mediante concurso-oposición libre.
Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
R E S U E L V O
Primero. Aprobar las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de la plaza vacante arriba referenciada.
Segundo. Convocar las pruebas selectivas mediante oposición libre para la provisión en propiedad de la plaza arriba referenciada.
Tercero. Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Publicar en el Boletín Oficial del Estado un extracto de la convocatoria, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo plazo de presentación de instancias.
A N E X O
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL DE LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MENGIBAR (JAEN)
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2009, aprobada por Resolución de Alcaldía núm. 2009/619, de 9 de diciembre de 2009, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 290, de 19 de diciembre de 2009, por la que se precisa convocar una plaza de Administrativo, subgrupo C1, para la provisión en propiedad de una vacante en la plantilla.
La plaza referida está adscrita al Area Jurídica y se encuentra dotada con el sueldo correspondiente al grupo C1, dos pagas extraordinarias, trienios, nivel de complemento de destino 16 y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente y relación de puestos de trabajo y plantilla de este Ayuntamiento.
El sistema selectivo elegido es de concurso-oposición libre.
El titular de la plaza quedará sujeto al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas, así como a la incompatibilidad absoluta con cualquiera otra actividad pública o privada.
La convocatoria su publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, y un extracto del anuncio de la convocatoria se publicará en el BOE y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mengíbar.
Segundo. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación de bachiller o equivalente, o estar en la condición de obtenerla antes de la finalización de plazo de presentación de instancias.
Tercero. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes Bases Generales para la plaza que se opte se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mengíbar, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
- Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 60 euros, y que deberá ingresarse en las cuentas a nombre de este Ayuntamiento en las entidades bancarias de la localidad, o remitirse por giro postal o telegráfico a nombre del aspirante.
- Titulación exigida.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma y la falta de justificación del abono de los derechos de examen supondrán la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Cuarto. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión y se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición, así como la composición del Tribunal.
Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las listas iniciales.
No se procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
Quinto. Tribunal Calificador.
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los Tribunales Calificadores estarán constituidos por:
- Presidente: El secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
- Secretario: Un funcionario/a de carrera del Ayuntamiento, designado por la Alcaldía, con voz pero sin voto.
- Vocales:
Tres funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento, designado por la Alcaldía.
Un funcionario/a de carrera de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.
Los miembros del Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en la plaza convocada.
Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos. El tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.
El tribunal se encuentra vinculado a lo dispuesto en estas bases, quedando facultado para hacer interpretación de las mismas y resolver cuantas dudas o cuestiones pudieran surgir en su aplicación e igualmente resolver en todo aquello que no esté previsto en ellas.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y al menos tres vocales, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del presidente.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes será mediante concurso-oposición libre.
Fase concurso.
El Tribunal valorará exclusivamente los méritos presentados en documentos debidamente acreditados por los aspirantes antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En esta fase de concurso se valorarán los méritos relacionados con la carrera, los puestos desempeñados, el nivel de formación y la antigüedad.
- Haber realizado cursos organizados bien por una Admón. Pública, Universidad o institución pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales/empresariales. Hasta un máximo de 1 punto.
Por la participación como asistente:
- Hasta 10 horas o 2 días, 0,05 puntos.
- De 10 a 19 horas o de duración de 3 a 7 días, 0,15 puntos.
- De 20 a 50 horas o de duración de 8 a 20 días, 0,25 puntos.
- De más de 100 o de más de 21 días, 0,30 puntos.
- Los cursos que no viene determinados por horas o días tendrán una puntuación de 0,025 puntos.
Experiencia profesional. Hasta un máximo de 3 puntos.
Por cada año trabajado en la Administración Pública: 0,5 puntos.
Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en concepto de valoración de méritos serán hechas públicas en el tablón de edictos de la Corporación, con anterioridad o simultáneamente a la publicación de las calificaciones del primer ejercicio.
Fase de oposición.
Aquellos ejercicios que los aspirantes no puedan realizar conjuntamente comenzará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "J", de conformidad con los dispuesto en la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, publicada en el BOE núm. 31, de 5 de febrero de 2010.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en los ejercicios y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.
Si en cualquier momento del procedimiento de selección llegase a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos exigidos en la convocatoria, se le excluirá de la misma, previa audiencia del propio interesado, dando cuenta, en su caso, a la jurisdicción ordinaria si se apreciase inexactitud fraudulenta en la declaración que formuló.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. La puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal.
Primer ejercicio: Consistirá en la realización, por escrito, de un formulario de 50 preguntas tipo test, durante un tiempo máximo de 60 minutos, relacionado con las materias comunes y especificas del programa. Las preguntas contestadas erróneamente puntuarán 0,10 negativamente y las no contestadas, no puntuarán. La nota al ejercicio se hallará asignándole a cada pregunta correctamente contestada el valor de 0,20 puntos. La suma total será la calificación del ejercicio, siendo necesario para superarlo 5 puntos.
Sólo podrán realizar la segunda prueba, (supuesto práctico) los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, a determinar por Tribunal, y relacionado con las materias especificas del programa y las funciones encomendadas a la plaza a la que se opta. El tiempo de duración será de 60 minutos. Este ejercicio, que será eliminatorio, será valorado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario para superarlo 5 puntos.
Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán venir provistos de legislación no comentada.
La puntuación obtenida en cada una de las dos partes de la fase oposición, se sumará y dividirá entre dos para la obtención de la puntuación total de esta oposición.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes que hayan superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de las puntuaciones de las Fases de Concurso y Oposición, siempre que se haya superado el ejercicio de esta última, levantando el Tribunal el acta correspondiente.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio y de persistir se continuará con las de los sucesivos por su orden y de no ser posible deshacer el empate se resolverá por sorteo.
Séptimo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
No podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria (artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
Octavo. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrá ser impugnada de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A N E X O
T E M A R I O
Materias comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.
Tema 3. La Organización del Estado en la Constitución: organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.
Tema 4. El Poder Judicial: principios constitucionales. Organización judicial en España. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.
Tema 5. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales.
Tema 6. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas: especial referencia a los Estatutos de Autonomía. La Administración Local. La Administración Institucional.
Tema 7. Principios de actuación de la Administración Pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación, buena fe y confianza legítima.
Tema 8. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.
Tema 9. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: la Administración y el administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado.
Tema 10. El procedimiento administrativo: concepto y clases. Su regulación en el Derecho positivo: principios informadores. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo.
Tema 11. Dimensión temporal del procedimiento. Los procedimientos especiales: reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales; la potestad sancionadora y otros procedimientos.
Tema 12. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación.
Tema 13. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y ejecución forzosa. Suspensión. Validez e invalidez del acto administrativo. Convalidación, conservación y conversión.
Tema 14. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. El recurso económico-administrativo.
Tema 15. Revisión jurisdiccional de los actos administrativos: El recurso contencioso-administrativo.
Tema 16. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de Fomento. La actividad de Policía: las licencias. El Servicio Público Local: formas de gestión del servicio público local.
Tema 17. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.
Tema 18. La responsabilidad de la Administración Pública: evolución histórica y situación actual
Materias específicas
Tema 19. El Régimen Local español: principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 20. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
Tema 21. Organización municipal. Competencias.
Tema 22. La Provincia. Organización provincial. Competencias.
Tema 23. Otras Entidades Locales. Mancomunidades, Comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios. Las Areas Metropolitanas. Las entidades de ámbito territorial inferior al municipal.
Tema 24. Régimen General de las elecciones locales.
Tema 25. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La Autonomía Local.
Tema 26. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación. Infracciones.
Tema 27. El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, Personal Laboral, Personal Eventual y Personal Directivo Profesional.
Tema 28. Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
Tema 29. Los bienes de las Entidades Locales. El dominio público. El patrimonio privado de las mismas.
Tema 30. La contratación administrativa en la esfera local. Clases de contratos. La selección del contratista. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos. La revisión de los precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.
Tema 31. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de documentos: requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 32. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación
Tema 33. La legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: evolución y principios inspiradores. La legislación básica estatal.
Tema 34. Legislación sectorial aplicable en el ámbito local. Seguridad Pública. Consumo. Urbanismo. Espectáculos públicos y actividades recreativas.
Tema 35. La actividad financiera. La Ley General Tributaria: principios.
Tema 36. El Presupuesto: principios presupuestarios. La Ley General Presupuestaria.
Tema 37. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las ordenanzas fiscales.
Tema 38. Estudio especial de los ingresos tributarios: impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los precios públicos.
Tema 39. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios, integración y documentos de que constan. Proceso de aprobación del presupuesto local. Principios generales de ejecución del presupuesto. Modificaciones presupuestarias: los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, las transferencias de créditos y otras figuras. Liquidación del presupuesto.
Tema 40. El gasto público local: concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.
Mengíbar, 3 de noviembre de 2010.- El Alcalde, Miguel Angel Martínez Bellón.
ANEXO I
(Modelo de instancia)
Don ............................................................................................................................................................................................., con DNI núm. ................................................................, y domicilio a efectos de notificación en .................................................................................................................................................................................................................................................,
E X P O N E
Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial del Estado núm. ............, de fecha ............................................................, en relación con la convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre de una plaza de Administrativo de Administración General conforme a las bases que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia número .........., de fecha ................................................................
Segundo. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.
Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Administrativo de Administración General, mediante el sistema de concurso-Oposición Libre.
Cuarto. Que adjunta el justificante de pago de los derechos de examen y la documentación solicitada en las bases.
Por todo ello,
S O L I C I T A
Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.
En ....................., a .......... de .......................... de 20......
El solicitante,
Fdo.: .........................................
Mengíbar, 4 de noviembre de 2010.- El Alcalde, Miguel Angel Martínez Bellón