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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia con fecha 14 de abril de 2010.
En el recurso contencioso-administrativo núm 184/09 en el que son partes, de una como demandante don Francisco Rogelio Colinas Pérez y de otra como demandada la Cámara de Cuentas de Andalucía.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de 24 de febrero de 2009, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución del Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de 28 de noviembre de 2008, por la que se deniega el pase a la situación de servicios especiales.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por Don Francisco Rogelio Colinas Pérez, contra la Resolución del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 24 de febrero de 2009, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra el Acuerdo del Consejero Mayor de 28 de noviembre de 2008 que deniega el pase a la situación de servicios especiales, que anulamos por no ser ajustada a Derecho, reconociendo procedente que el Sr. Colinas Pérez pase a la situación de servicios especiales con efectos desde su solicitud. Sin costas.»
En su virtud, esta Institución, de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Sevilla, 10 de noviembre de 2010.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.
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