Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 09/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 9 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de Sierra Nevada», en el término municipal de Fondón, provincia de Almería.

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Expte. VP @ 1423/2009.

Visto el expediente administrativo de deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Sierra Nevada», en el término municipal de Fondón, provincia de Almería, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Fondón, fue clasificada por Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 27 de diciembre de 1995, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 26, de fecha 24 de febrero de 1996, con una anchura legal de 20 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 20 de mayo de 2009, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Sierra Nevada», cuyo objetivo es la puesta en valor de la vía pecuaria, mediante la creación de una red de itinerarios de uso público que conecte Canjayar, Abla y Fiñana a través de Sierra Nevada, a fin de propiciar la práctica de actividades turísticas-recreativas, coadyuvantes al desarrollo económico sostenible del territorio. La citada vía pecuaria está catalogada con prioridad 1 (Máxima), de acuerdo con lo establecido en el Plan de Recuperación y Ordenación de las Vías Pecuarias de Andalucía, aprobado por Acuerdo de 27 de marzo de 2001, del Consejo de Gobierno de Andalucía.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 162, de 24 de agosto de 2009, se iniciaron el 16 de septiembre de 2009.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 18, de 28 de enero de 2010.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 7 de junio de 2010.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana la Resolución del presente procedimiento administrativo de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 139/2010, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Vereda de Sierra Nevada», ubicada en el término municipal de Fondón (Almería), fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, de 6 de mayo de 2010, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 7 de junio de 2010.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Sierra Nevada», en el tramo que va desde el mojón trifinio de Fondón, Beires y Abrucena, hasta la finalización de su recorrido, en el término municipal de Fondón, provincia de Almería, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Longitud: 7.044, 62 metros lineales.

Anchura legal: 20 metros lineales.

Anchura deslindada: 10 metros lineales.

Superficie: 70.440,31 metros cuadrados.

Descripción registral:

La Vía Pecuaria denominada «Vereda de Sierra Nevada» en el tramo, «desde el mojón trifinio de Fondón, Beires y Abrucena, hasta la finalización de su recorrido», en el Término Municipal de Fondón, Provincia de Almería. Dirección general de la vía de S-N y de N-S.

Longitud (en la deslindada): 7.044,62 metros.

Anchura = 20,00 metros.

Anchura deslindada = 10,00 metros

Superficie deslindada = 70440,31 metros cuadrados.

PRIMER TRAMO, S-N.

Sur (inicio): Linda con COMUNIDAD DE MONTES JUNTA DE LOS VEINTIUNO DE BEIRES (1/34 - TM BEIRES).

Norte (final): Linda con ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35)

Este (derecha): Linda con COMUNIDAD DE MONTES JUNTA DE LOS VEINTIUNO DE BEIRES (1/34 - TM BEIRES), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/36), AYUNTAMIENTO DE FONDON (1/9030), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35), AYUNTAMIENTO DE FONDON (1/9030), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/36), AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA (35/16 - TM ABRUCENA), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35).

Oeste (izquierda): Linda con COMUNIDAD DE MONTES JUNTA DE LOS VEINTIUNO DE BEIRES (1/34 - TM BEIRES), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/36), AYUNTAMIENTO DE FONDON (1/9030), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35), AYUNTAMIENTO DE FONDON (1/9030), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/36), AYUNTAMIENTO DE FONDON (1/9030), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35).

SEGUNDO TRAMO, N-S.

Norte (inicio): Linda con ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (1/35).

Sur (Final): Linda con GARRIDO JIMENEZ MIGUEL (1/22).

Este (derecha): Linda con ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/35), AYUNTAMIENTO DE FONDON (01/9031), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/42), ESTADO CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI (01/9008), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/42), ESTADO CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI (01/9008), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/42), HEREDEROS DE GARCIA GONZALEZ LUIS (01/32), AYUNTAMIENTO DE LAUJAR DE ANDARAX (02/60 - TM LAUJAR DE ANDARAX), ESTADO CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI (02/9023 TM LAUJAR DE ANDARAX), AYUNTAMIENTO DE LAUJAR DE ANDARAX (02/49 TM LAUJAR DE ANDARAX), AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA (01/41 TM ABRUCENA), AYUNTAMIENTO DE FONDON (01/9020), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/24), GARRIDO JIMENEZ MIGUEL (01/22).

Oeste (izquierda): Linda con ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/35), AYUNTAMIENTO DE FONDON (01/9031), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/42), ESTADO CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI (01/9008), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/42), HEREDEROS DE GARCIA GONZALEZ LUIS (01/32), AYUNTAMIENTO DE LAUJAR DE ANDARAX (02/60 TM LAUJAR DE ANDARAX), ESTADO CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI (02/9023 TM LAUJAR DE ANDARAX), AYUNTAMIENTO DE LAUJAR DE ANDARAX (02/49 TM LAUJAR DE ANDARAX), AYUNTAMIENTO DE ABRUCENA (01/41 TM ABRUCENA), AYUNTAMIENTO DE FONDON (01/9020), ENTIDAD LOCAL AUTONOMA DE FUENTE VICTORIA (01/24), GARRIDO JIMENEZ MIGUEL (01/22).

COORDENADAS U.T.M. DE LOS VÉRTICES DE LA PARCELA DEL TRAMO DE VÍA PECUARIA CON SUPERFICIE DESLINDADA EN EL HUSO 30

V.P. núm. 4: VEREDA DE SIERRA NEVADA, tramo desde el mojón trifinio de Fondón, Beires y Abrucena, hasta la finalización de su recorrido

T.M. FONDÓN

ETIQUETA I COORDENADA X COORDENADA Y
1I 513310,81 4103995,77
2I 513307,72 4103995,13
3I 513300,41 4104000,91
4I 513254,59 4104037,10
5I 513187,69 4104111,60
6I 513085,64 4104193,79
7I 513045,04 4104250,72
8I 512991,30 4104252,55
9I 512964,77 4104268,72
10I 512881,42 4104279,50
11I 512715,24 4104277,78
12I 512660,87 4104273,12
13I 512654,67 4104203,50
14I 512646,99 4104055,27
15I 512630,70 4103767,22
16I 512622,36 4103619,89
17I 512615,91 4103474,08
18I 512600,17 4103183,36
19I 512584,76 4102894,67
20I 512574,32 4102747,91
21I 512566,74 4102600,10
22I 512551,16 4102304,98
23I 512542,35 4102165,33
24I 512538,39 4102019,06
25I 512531,43 4101874,67
26I 512522,49 4101727,93
27I 512505,62 4101435,93
28I 512495,70 4101293,70
29I 512488,75 4101145,14
30I 512474,83 4100849,10
31I 512466,78 4100706,42
32I 512450,35 4100412,56
33I 512430,84 4100121,09
34I 512425,38 4099974,52
35I 512418,35 4099830,55
36I 512412,07 4099686,78
37I 512411,28 4099603,91
38I 512372,81 4099538,75
39I 512298,83 4099490,37
40I 512237,36 4099487,04
41I 512106,68 4099506,59
42I 512014,57 4099507,36
43I 511950,95 4099486,42
44I 511884,60 4099444,51
45I 511736,09 4099303,09
46I 511624,81 4099204,40
47I 511603,58 4099185,18
48I 511613,27 4099080,95
49I 511619,46 4099016,15
50I 511646,07 4098933,33
51I 511718,52 4098817,81
52I 511812,65 4098697,21
53I 511823,63 4098639,99
54I 511823,71 4098632,86
55I 511821,28 4098626,16
56I 511815,69 4098616,56
ETIQUETA D COORDENADA X COORDENADA Y
1D 513310,26 4104005,87
4D 513261,46 4104044,41
5D 513194,59 4104118,88
6D 513092,98 4104200,72
7D 513050,31 4104260,55
8D 512994,27 4104262,46
9D 512968,15 4104278,37
10D 512882,01 4104289,50
11D 512714,76 4104287,77
12D 512651,66 4104282,37
13D 512644,69 4104204,20
14D 512637,00 4104055,81
15D 512620,71 4103767,78
16D 512612,38 4103620,39
17D 512605,92 4103474,57
18D 512590,18 4103183,90
19D 512574,78 4102895,29
20D 512564,34 4102748,52
21D 512556,75 4102600,62
22D 512541,18 4102305,55
23D 512532,36 4102165,78
24D 512528,39 4102019,43
25D 512521,44 4101875,21
26D 512512,51 4101728,53
27D 512495,64 4101436,56
28D 512485,71 4101294,28
29D 512478,76 4101145,61
30D 512464,85 4100849,62
31D 512456,80 4100706,98
32D 512440,37 4100413,17
33D 512420,85 4100121,61
34D 512415,39 4099974,95
35D 512408,36 4099831,01
36D 512402,08 4099687,04
37D 512401,30 4099606,69
38D 512365,39 4099545,84
39D 512295,60 4099500,21
40D 512237,83 4099497,08
41D 512107,46 4099516,58
42D 512013,00 4099517,37
43D 511946,66 4099495,53
44D 511878,42 4099452,44
45D 511729,32 4099310,46
46D 511618,14 4099211,85
47D 511593,16 4099189,23
48D 511603,31 4099080,01
49D 511609,61 4099014,12
50D 511636,93 4098929,08
51D 511710,32 4098812,06
52D 511803,28 4098692,96
53D 511814,52 4098634,43

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos.

Sevilla, 9 de noviembre de 2010.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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