Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2010

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 8 de octubre de 2010, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueba la delegación de competencia en los Decanos y Directores de Centro.

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El Real Decreto 1892/2008 de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las Universidades públicas españolas, indica en su artículo 56 que las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios oficiales españoles parciales que deseen ser admitidos en otra universidad y/o estudios universitarios oficiales españoles y se les reconozca un mínimo de 30 créditos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias, serán resueltas por el Rector de la Universidad, de acuerdo con los criterios que a estos efectos determine el Consejo de Gobierno de cada Universidad. Asimismo, el artículo 57 y para las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios extranjeros, indica igualmente que éstas serán resueltas por el Rector de la Universidad, que actuará de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo de Gobierno.

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno y a propuesta del Consejo de Dirección, el 28 de junio de 2010 se aprobó el Reglamento UCA/CG11/2010, de 28 de junio de 2010, de Admisión y Matrícula en la Universidad de Cádiz, estableciéndose en sus artículos 4.6 y 5.7 que las solicitudes de admisión por cambio de universidad y/o estudios universitarios españoles y las solicitudes de admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros serán resueltas por el Decano o Director del Centro, por delegación del Rector, con el objetivo de lograr una mayor agilidad y eficacia en la resolución de los referidos procedimientos, lo que sin duda redundará en un mejor servicio al alumnado.

Por ello y de conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

RESUELVO

Primero. Delegar la competencia para resolver las solicitudes de admisión por cambio de estudios y/o universidad y las de admisión de estudiantes con estudios universitarios extranjeros de conformidad con lo previsto en los artículos 4 y 5 del Reglamento UCA/CG11/2010, de 28 de junio de 2010, de Admisión y Matriculación en la Universidad de Cádiz, en los Decanos y Directores del Centro en los que se cursen las enseñanzas en las que se pretenden hacer valer los mismos.

Segundo. En las Resoluciones y actos administrativos que se dicten en estas materias por los Decanos y Directores de Centros, se deberá hacer constar expresamente que se adoptan por delegación del Rector, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el núm. 4 del citado artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero. El Rector podrá exigir a los órganos delegados la remisión periódica de una relación de los actos que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz.

Cádiz, 8 de octubre de 2010.- El Rector, Diego Sales Márquez.

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