Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 252 de 28/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejo Audiovisual de Andalucía

Resolución de 14 de diciembre de 2010, de la Presidencia del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia firme de uno de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, recaída en el procedimiento abreviado 117/2008, por la que se estima el recurso interpuesto contra la Resolución de convocatoria del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Consejo Audiovisual de Andalucía, de 4 de diciembre de 2007.

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En el procedimiento abreviado núm. 117/2008, seguido a instancias del Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, contra la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2007, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de este Consejo, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de la Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, con fecha uno de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal:

«Fallo: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido mediante demanda deducida por la abogada doña Laura Muñoz de Bustillo González, en nombre y representación del Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (SAFJA), frente a la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2007, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de este Consejo (BOJA núm. 251, de 24.12.2007), debo declarar y declaro la nulidad de la base octava, punto 1.2, sobre “valoración del trabajo desarrollado”, y ordeno a la Administración demandada que oferte en el concurso de méritos la totalidad de las plazas vacantes dotadas presupuestariamente que consta en la Relación de Puestos de Trabajo en los términos que detalla el Fundamento Jurídico Cuarto de esta Sentencia. Declaro la conformidad a derecho de la base octava, punto 7, sobre “Valoración de la Docencia” sin costas del procedimiento.»

Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y teniendo en cuenta que conforme a lo previsto en el artículo 72.2 de la citada Ley 29/1998, al tratarse de una sentencia firme relativa a un acto administrativo que afecta a una pluralidad indeterminada de personas, la ejecución de la Sentencia se cumple con su publicación en el mismo periódico oficial en que se hubiera publicado la resolución impugnada, he dispuesto, al objeto de su cumplimiento, su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de diciembre de 2010.- El Consejero sustituto del Presidente, Francisco Cervantes Bolaños.

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