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La Orden de 6 de octubre de 2010, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los Ayuntamientos andaluces, publicada en el BOJA. núm. 211, de 28 de octubre de 2010, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a esta Delegación Provincial de Empleo realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.
En virtud de cuanto antecede, evaluado el expediente, y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación,
RESUELVO
Primero. Distribuir la cantidad de ciento ochenta mil setecientos cincuenta y siete euros con veintiséis céntimos (180.757,26 euros), correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración, en los Ayuntamientos de la provincia de Granada, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 6 de octubre de 2010, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.15.00.02.18.461.02.31J.3, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses, a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a esta Delegación Provincial de Empleo en Granada y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. La ejecución del Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio perceptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de las líneas de actuación que los Planes Integrales contemplan para las Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.
Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO
RELACIÓN DE AYUNTAMIENTOS PERCEPTORES DEL FONDO AUTONÓMICO DE INMIGRACIÓN 2010
Ayuntamiento | Importe | ||
Albuñol | 8.878,92 | ||
Alhama de Granada | 7.047,03 | ||
Almuñécar | 10.071,82 | ||
Arenas del Rey | 5.862,61 | ||
Armilla | 9.595,26 | ||
Baza | 9.647,39 | ||
Benalúa de las Villas | 5.359,24 | ||
Cenes de la Vega | 10.656,00 | ||
Churriana de la Vega | 6.361,76 | ||
Fuente Vaqueros | 5.453,05 | ||
Gabias (Las) | 8.114,16 | ||
Granada | 13.077,23 | ||
Guadix | 7.342,05 | ||
Gualchos | 7.537,99 | ||
Huétor Tájar | 8.935,76 | ||
Loja | 8.072,67 | ||
Maracena | 7.579,84 | ||
Motril | 12.837,95 | ||
Polopos | 7.332,21 | ||
Salobreña | 7.413,33 | ||
Santa Fe | 8.002,26 | ||
Zafarraya | 5.578,73 | ||
TOTAL | 180.757,26 |
Granada, 9 de diciembre de 2010.- La Delegada, P.S.R. (Dto. 136/2010, de 13.4), la Secretaria General, Inmaculada Puertas Tejero.
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