Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de marzo de 2010, de Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 420/2009.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20090013683.

Procedimiento: Adopción 420/2009. Negociado: ER.

Sobre: Adopción de menores: J. y J.A. B.R.

De: Servicio de Protección de Menores.

Letrado: Sr. Letrado del Gabinete Jurídico Junta de Andalucía.

Contra: Doña Vanesa Bobadilla Rodríguez.

Procurador: Sr. Francisco José Martínez del Campo.

Letrada: Sra. María Antonia Palma Batún.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Adopción 420/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga a instancia de Servicio de Protección de Menores contra Vanesa Bobadilla Rodríguez sobre Adopción de Menores: J. y J.A. B.R., se ha dictado auto acordando la adopción de los menores, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Se aprueba la adopción de los menores J.B.R., nacido en el 21 de febrero de 2001, e inscrito el nacimiento al Tomo 89, página 263, del Registro Civil de Nerja, y de J.A. B.R., nacido en Nerja el 21 de junio de 1999, e inscrito el nacimiento al Tomo 88, página 303, del Registro Civil de Nerja, ambos hijos de doña Vanesa Bobadilla Rodríguez, por las personas propuestas por la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga de la Junta de Andalucía, debiendo figurar en lo sucesivo los menores con los primeros apellidos de los adoptantes.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, con las prevenciones previstas en el artículo 1826 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para con la familia de origen de los menores, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el precitado artículo, suprímase cualquier dato relativo a la familia adoptante en la copia de la precedente resolución que se entregue a los familiares biológicos de la menor, en el momento de la notificación; y, una vez alcance firmeza la presente resolución, expídase testimonio para su anotación en el Registro Civil, librándose el correspondiente exhorto, archivándose el expediente previa dejación de constancia en el Libro Registro correspondiente.

Dada la situación de paradero desconocido de la madre biológica, notifíquesele el presente a través de Edicto que se insertará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, librándose a tal fin los despachos oportunos.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2937 0000 02 0420 09, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Lo acuerda y firma el/la Magistrado-juez, doy fe.

El Magistrado-Juez; el Secretario.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la madre biológica de los menores Vanesa Bobadilla Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a diecinueve de marzo de dos mil diez.- El Secretario.

Descargar PDF