Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 05/04/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de marzo de 2010, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de procedimiento social ordinario 90/2010.

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NIG: 2906744S20100001011.

Procedimiento: Social Ordinario 90/2010. Negociado: 5.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don Serapio Romero Rocha.

Contra: Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L.

EDICTO

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 90/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de don Serapio Romero Rocha contra Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L., en la que con fecha 16.3.10 se ha dictado Sentencia núm. 28/10 que sustancialmente dice lo siguiente:

FALLO

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Serapio Romero Rocha frente a la empresa Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L., sobre Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 1.572,20 euros, debiendo estar y pasar asimismo el Fogasa por el pronunciamiento presente con respecto a las responsabilidades que pudieran acontecer.

Molifiqúese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación. La extiendo yo, el Sr. Secretario, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el limo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en forma a Iliturgitana de Desarrollo y Tratamientos Inmobiliarios, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a diecisiete de marzo de dos mil diez.- El/La Secretario/a Judicial.

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