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NIG: 2104142C20090004472.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 752/2009. Negociado: C.
Sobre: Privación patria potestad.
De: Doña Lorena Carleos Gómez
Procuradora: Sra. María del Mar Saavedra López.
Contra: Don Julián Andrés Suárez Velásquez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 752/2009 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Seis de Huelva a instancia de doña Lorena Carleos Gómez contra don Julián Andrés Suárez Velásquez sobre privación patria potestad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Huelva, a siete de abril de dos mil diez.
Vistos por mí, don Enrique Clavero Barranquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Huelva, los presentes Autos de Juicio Ordinario registrados con el número 752 del año 2009, cuyo objeto ha versado sobre privación de patria potestad, y seguidos entre partes, de una y como demandante doña Lorena Carleos Gómez, representada por el Procurador doña María del Mar Saavedra López y asistida por el Letrado Sr. Garrido Garrido, y de otra y como parte demandada don Julián Andrés Suárez Velásquez (NIE: X-6245272-J), en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por doña Lorena Carleos Gómez y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, debo privar y privo totalmente a don Julián Andrés Suárez Velásquez (NIE: X-6245272-J) de la patria potestad hasta ahora ostentada con relación a su hijo A.S.C. (nacido el día 14 de diciembre de 2002), con los efectos legales inherentes a decretada privación total, condenando a don Julián Andrés Suárez Velásquez a estar y pasar por los precedentes pronunciamientos, sin imposición a ninguna de las partes litigantes de la obligación de abono de las costas procesales devengadas en la primera instancia de este procedimiento.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Julián Andrés Suárez Velásquez, extiendo y firmo la presente en Huelva, a ocho de abril de dos mil diez.- El/La Secretario.
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