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Expte. P-55/07.
EXPEDIENTE DE CUMPLIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA, RELATIVA A NUEVA ARI-1 «FÁBRICA DE HARINA», EN EL MUNICIPIO DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO
Publicación de certificación del acuerdo
TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Expediente P-55/07: Cumplimiento de Resolución de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Peñarroya-Pueblonuevo , en el ámbito de Nuevo Sector de la nueva ARI-1 «Fábrica de Harina», formulada por dicho Ayuntamiento.
El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:
1. La CPOT y U, en sesión de 15 de noviembre de 2007, acordó la aprobación definitiva de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el cuarto fundamento de derecho de la correspondiente resolución, debiéndose una vez subsanadas y aprobadas por la Corporación Municipal, ser comunicadas a la Delegación Provincial para su toma de conocimiento, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.
2. Que con fecha 30 de abril de 2008 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 6 de febrero de 2008, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento. Posteriormente tras los requerimientos emitidos por esta Delegación Provincial con fechas 3.12.08 y 27.1.10, se recibe el 2 de marzo de 2010, nuevo documento técnico rectificado y nueva aprobación del Pleno en sesión de 24 de febrero de 2010.
3. Que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U., de 15 de noviembre de 2007, según el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial.
En consecuencia se dispone lo siguiente:
Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U de 15 de noviembre de 2007, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b) de la LOUA y 132.3.b) del Reglamento de Planeamiento.
Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. En Córdoba, 8 de abril de 2010. El Delegado Provincial Acctal., Fdo.: Rafael Román Torrealba.
Publicación de las NORMAS URBANISTICAS y fichas de planeamiento
normas urbanísticas
En Área de Reforma Interior: SUNCord-ARI-1. Fábrica de Harina, se aplicarán las Ordenanzas de las Zonas A y H, definidas en los artículos 156, 157 y 166 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, que a continuación se transcriben.
IV. 3. ORDENANZAS ESPECÍFICAS PARA EL SUELO URBANO
Artículo 156. Ordenanzas morfotipológicas.
Se establecen las siguientes Ordenanzas Morfotipológicas, que regulan la edificación en el Suelo Urbano:
USO DOMINANTE RESIDENCIAL:
- ORDENANZA DE LA ZONA «A».
- ORDENANZA DE LA ZONA «B».
- ORDENANZA DE LA ZONA «C».
- ORDENANZA DE LA ZONA «D».
- ORDENANZA DE LA ZONA «E-1» Y «E-2».
- ORDENANZA DE LA ZONA «F-1» Y «F-2».
- ORDENANZA DE LA ZONA «G».
- ORDENANZA DE LA ZONA «H».
- ORDENANZA DE LA ZONA «I».
- ORDENANZA DE LA ZONA «J».
- ORDENANZA DE LA ZONA «K».
- ORDENANZA DE LA ZONA «L».
- ORDENANZA DE LA ZONA «N».
- ORDENANZA DE LA ZONA «O».
USO INDUSTRIAL:
- ZONA INDUSTRIAL «I-1».
- ZONA INDUSTRIAL «I-2».
USO EQUIPAMIENTOS:
- ZONA DE EQUIPAMIENTOS.
En el plano de Clasificación, Calificación y Gestión se trazan y delimitan los distintos ámbitos de aplicación de cada Ordenanza que coinciden con Zonas o Actuación Unitaria. Así como en las Unidades de Ejecución.
En los ámbitos que abarcan cada Zona se permiten unos Tipos Edificatorios y se prohíben otros.
Los Tipos Morfotipológicos de aplicación en las edificaciones en el Suelo Urbano, tanto de uso residencial como industrial son:
- Casa Patio.
- Casa con Patio Trasero.
- Casa Jardín.
- Casa Aislada.
- Edificio Patio.
- Edificio de Pisos entre Medianeras.
- Edificio de Pisos en borde de Manzana.
- Edificación entre Medianeras.
- Edificación Patio.
- Edificación Exenta.
En cada Zona, Actuación Unitaria o Unidad de Ejecución se han definido unos tipos edificatorios preferentes que coinciden con algunos de los enumerados. Si la edificación que se pretende implantar no estuviese recogida expresamente en estos tipos, se asimilará, previa justificación a efectos de la aplicación de sus determinaciones específicas, al que por su definición y características tipomorfológicas más se asemeje.
USO DOMINANTE RESIDENCIAL
Artículo 157. Ordenanzas de la Zona «A».
Definición.
Constituyen esta Zona los terrenos de Suelo Urbano consolidado de Peñarroya-Pueblonuevo, formados por casas entre medianeras y edificios entre medianeras.
Delimitación.
El ámbito de aplicación aparece mapificado en el Plano de Clasificación, Calificación y Gestión a E. 1:2.000.
Altura máxima permitida.
- Dos Plantas.
Tipos edificatorios preferentes.
- Casa Patio.
- Casa con Patio Trasero.
- Edificación entre Medianeras.
Tipos edificatorios excluyentes.
- Casa Jardín.
- Casa Aislada.
Usos permitidos.
- Vivienda.
- Comercio.
- Artesanía.
- Servicios.
- Equipamiento Público.
- Hostelería y restauración.
- Garaje vinculado a la vivienda.
- Oficinas.
- Espectáculos, actividades recreativas.
- Religioso.
- Cultural.
- Educacional.
- Institucional.
- Salas de Reunión.
Artículo 166. Ordenanzas de la Zona «H».
Definición.
Viviendas Unifamiliares pareadas o aisladas, formando un conjunto típico de Ciudad Jardín.
Delimitación.
Conjunto residencial situado en las proximidades de la antigua vía de ferrocarril.
Altura máxima permitida.
- Dos Plantas.
Tipos edificatorios preferentes.
- Casa Jardín.
- Casa Aislada.
Tipos edificatorios excluyentes.
Todos los demás.
Usos permitidos.
- Viviendas.
- Comercio.
- Artesanía.
- Garaje vinculado a la vivienda.
- Restauración.
- Lugares de reunión.
Protección de la edificación.
- Protección Ambiental.
Las fichas de Planeamiento y gestión recogen para el Área de Reforma Interior, su coeficiente global de ponderación, el aprovechamiento real (en u.a.) y el aprovechamiento medio del área de reparto. | ||||||||||||
SUNCord-ARI-1. FÁBRICA DE HARINA | ||||||||||||
Definición del ámbito: | Régimen del suelo: | |||||||||||
Tipo: | ÁREA DE REFORMA INTERIOR. | Clasificación: | URBANO | |||||||||
Superficie: | 11.070,00 | m²s | Categoría: | NO CONSOLIDADO | ||||||||
Uso e intensidad global: | Aprovechamiento: | |||||||||||
Uso: | RESIDENCIAL | Área de reparto: | 01 | |||||||||
Edificabilidad: | 0,52 | m²t/m² | A. Medio: | 0,52 | m²t UTC/m²s | |||||||
Densidad: | 40 | Viv/ha | A. Objetivo sector: | 5.756,40 | m²t | |||||||
Núm. máximo viviendas: | 44 | Ud | Coef. Ponderación | 1,0000 | UTC | |||||||
A. Homogeneizado: | 5.756,40 | m²t UTC | ||||||||||
Reserva de viviendas protegidas (OE) | A. Subjetivo del sector: | 5.180,76 | m²t UTC | |||||||||
Edificabilidad: | 30 | % | Exceso A. Subjetivo: | 0 | m²t UTC | |||||||
Núm. máximo viviendas | 18 | Ud | A. 10% Municipal: | 575,64 | m²t UTC | |||||||
Usos pormenorizados | Reservas para dotaciones locales | |||||||||||
Libre | 70 | % | Espacios libres | 983,00 | m²s | |||||||
VPO | 30 | % | Equipamientos | 151,00 | m²s | |||||||
Coef. corrector VPO | 0,66 | Aparcamientos públicos | 37 | plazas | ||||||||
Plazos de Ejecución | Previsiones de Gestión. | |||||||||||
De la urbanización. | 2 años | Tipo de Iniciativa Preferente. | Privada | |||||||||
De la Edificación. | 8 años. | |||||||||||
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Plazos de Ejecución Viviendas Protegidas. | ||||||||||||
Plazo de inicio. | 2 años | |||||||||||
Plazo de terminación | 8 años | |||||||||||
Criterios de Ordenación. | ||||||||||||
Las reservas de áreas y dotaciones se localizarán según planos de ordenación | ||||||||||||
La cesión dotacional se localizará, según planos, en el edificio de la antigua Fábrica de Harina, que será recuperado como Museo para el municipio de Pya-Pueblonuevo. | ||||||||||||
Córdoba, 23 de abril, de 2010.- El Delegado, Francisco García Delgado. |