Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 12/05/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 12 de abril de 2010, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al centro docente privado extranjero «Liceo Francés de Sevilla» de Sevilla, autorizado conforme al sistema educativo francés, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente tramitado a instancia de Mission Laïque Française, titular del centro docente privado extranjero «Liceo Francés de Sevilla», con domicilio en C/ Torneo, 167, de Sevilla, solicitando la autorización de apertura y funcionamiento del mismo para impartir enseñanzas del sistema educativo francés, desde la Petite Section Maternelle hasta la clase de Terminale, con una capacidad de 200 puestos escolares, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del Conseiller Culturel Adjoint de la Embajada de Francia en España y del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, así como de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España, así como el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización de apertura y funcionamiento, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, para las enseñanzas desde la Petite Section Maternelle hasta la clase de Terminale, del sistema educativo francés para alumnado español y extranjero, al centro docente privado extranjero «Liceo Francés de Sevilla» y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «Liceo Francés de Sevilla».

Código del centro: 41018380.

Titular: Mission Laïque Française.

Domicilio: C/ Torneo, 167.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas a impartir del sistema educativo francés para alumnado español y extranjero, con autorización para 200 puestos escolares:

École primaire :

- École maternelle:

• Petite section, Moyenne section y Grande section (equivalentes a 1.º, 2.º y 3.º cursos del segundo ciclo de educación infantil).

- École élémentaire:

• Cours préparatoire (equivalente al 1º curso de educación primaria).

• Cours élémentaire 1, 2 (equivalentes a 2º y 3º cursos de educación primaria).

• Cours moyen 1, 2 (equivalentes a 4º y 5º cursos de educación primaria).

Collège: Sixième, Cinquième, Cuatrième y Troisième (equivalentes a 6.º curso de educación primaria y a 1.º, 2.º y 3.º cursos de educación secundaria obligatoria).

Lycée: Seconde, Première y Terminale (equivalentes a 4.º curso de educación secundaria obligatoria y a 1.º y 2.º cursos de bachillerato).

Segundo. El centro docente privado extranjero «Liceo Francés de Sevilla» deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de Lengua y Cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de Lengua y literatura españolas deberán impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

Asimismo, la Cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno, de Conocimiento del medio natural, social y cultural y de Ciencias sociales, Geografía e Historia, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de abril de 2010

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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