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El establecimiento de un canon, denominado «canon de mejora», de carácter transitorio e integrado dentro del precio del agua, constituye una de las fórmulas de colaboración entre el Estado o las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales para la ejecución de obras de abastecimiento, distribución de aguas, colección y evacuación de aguas pluviales y residuales urbanas de poblaciones.
La Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 1996, en su disposición adicional decimoséptima, faculta a las Entidades Locales titulares de las competencias de suministro domiciliario del agua potable, saneamiento y depuración, para solicitar a la Comunidad Autónoma el establecimiento de un canon de mejora, fijando su concreta cuantía, su régimen de aplicación y su vigencia por el tiempo necesario para lograr con su rendimiento el fin al que van dirigidos. Regulación que se complementa con lo previsto en el Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Corresponde el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de aguas a la Agencia Andaluza del Agua, organismo administrativo con personalidad jurídica propia, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, creada mediante la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, conforme a los Estatutos hasta ahora vigentes, aprobados por el Decreto 55/2005, de 22 de febrero, adaptados a la nueva estructura organizativa de la Agencia por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua.
Por Orden de 21 de septiembre de 2001, se autoriza la implantación de un canon de mejora al Ayuntamiento de Jaén, derivado de un plan de obras en infraestructuras hidráulicas por importe de 34.301.970,67 euros, y un plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2027. Posteriormente mediante Resolución de 25 de septiembre de 2006 se modifica el canon mejora vigente.
En la actualidad el Ayuntamiento de Jaén, conforme al acuerdo adoptado mediante sesión de carácter ordinario celebrada por el Pleno corporativo de fecha 11 de noviembre de 2008, ha presentado solicitud de modificación de un canon de mejora que le permita financiar mediante su aplicación seguir acometiendo el Plan Director de las Infraestructuras del Servicio de Abastecimiento de Agua Potabte, Alcantarillado y Depuración de Aguas Residuales, donde se recogen gran parte de las actuaciones reflejadas en el Plan General de Ordenación Urbana de la Ciudad.
Dicha solicitud presentada de modificación del canon de mejora vigente basa su petición atendiendo fundamentalmente a tres hechos contemplados en el artículo ocho de la Resolución de 25 de septiembre de 2006: 1. Necesidad de pequeñas modificaciones en el listado de obras en cuanto a contenido y presupuestos aprobado en su día, que van produciéndose conforme se va realizando el programa de obras solicitado, sin modificación del importe total del plan; 2. Adaptación del desarrollo del canon al tipo de interés, al descenso de la facturación; 3. Adaptación de los importes del canon para los años venideros con respecto a la Resolución vigente, sin modificar el plazo de vigencia del canon.
En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas por las disposiciones citadas, habiéndose cumplimentado el trámite de audiencia en consulta al Consejo de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, prevista en el Decreto 58/2006, de 14 de marzo, por el que se regula dicho Consejo, se ha dispuesto lo siguiente:
DISPONGO
Artículo 1. Establecimiento del canon de mejora.
1. Se establece, a solicitud del Ayuntamiento de Jaén, un canon de mejora que se aplicará sobre la tasa vigente por prestación del servicio de distribución de suministro de agua, en los términos que regula la presente Resolución, para financiar el programa de actuaciones relacionado en su Anexo.
Artículo 2. Plazo de aplicación y valor.
Desde su entrada en vigor y hasta su finalización, el presente canon de mejora, con estructura lineal, tendrá los siguientes valores unitarios (IVA excluido) y plazos de aplicación:
Plazos de aplicación | Importes (euros/m) |
Desde la entrada en vigor hasta el 31.12.2010 | 0,3390 |
2011 | 0,3931 |
2012 | 0,4096 |
2013 | 0,4268 |
2014 | 0.4448 |
2015 | 0,4635 |
2016 | 0,4829 |
2017 | 0,5032 |
2018 | 0,5244 |
2019 | 0,5464 |
2020 | 0,5694 |
2021 | 0,5933 |
2022 | 0,6182 |
2023 | 0,6442 |
2024 | 0,6713 |
2025 | 0,6995 |
2026 | 0,7289 |
2027 | 0,7595 |
3
Artículo 3. Naturaleza.
1. Este canon de mejora posee una naturaleza económico-financiera distinta de la explotación del servicio de aguas, por lo que su régimen contable es independiente y separado de la tasa de este servicio, en cuestión.
2. La imposición del canon de mejora tiene el período de tiempo limitado hasta el año 2027, inclusive, con el fin de atender la amortización de los empréstitos y/o de las operaciones financieras solicitadas para el programa de actuaciones propuesto en la solicitud por el Ayuntamiento de Jaén, y que implica que los ingresos obtenidos serán los suficientes para hacer frente a la parte de inversión no subvencionada, y a los costes financieros y gastos de formalización que genere la misma.
Artículo 4. Finalidad.
1. El presente canon se aplicará como garantía de los empréstitos y/o de las operaciones financieras concertadas por el Ayuntamiento para la financiación de las actuaciones a su cargo comprendida en el programa que figura en el Anexo, por importe de 34.301.971,66 euros (IVA excluido).
2. Para hacer efectivo el seguimiento del canon, el Ayuntamiento de Jaén aportará obligatoriamente a la Agencia Andaluza del Agua, con periodicidad anual a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, un certificado del grado de ejecución de las actuaciones programadas en el Anexo, expedido por el Técnico municipal competente designado y autorizado a tal efecto por el Ayuntamiento, y con la conformidad del Presidente de la Corporación Municipal.
En dicho certificado, debe figurar, la denominación de la actuación e importe reseñado en la presente Resolución, el importe real ejecutado y financiado, y deberá acompañarse de copia compulsada del Acta de inicio de replanteo y de recepción, así como la certificación final de obra de la actuación.
3. Asimismo, el Ayuntamiento de Jaén aportará obligatoriamente, con carácter anual, a la Agencia Andaluza del Agua, a la finalización administrativa de la actuación objeto de financiación del canon, una auditoría técnica por entidad competente y externa a él mismo. Dicha auditoría deberá ser presentada, para su conocimiento y examen.
Artículo 5. Garantías.
1. Será condición de obligado cumplimiento para la vigencia del canon de mejora, la constatación del carácter finalista de su aplicación. A estos efectos, para hacer efectivo el seguimiento y correcta aplicación del canon, el Ayuntamiento de Jaén aportará a la Agencia Andaluza del Agua, con periodicidad semestral, a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, un certificado de la financiación de la obra reseñada en el Anexo, expedido por la Intervención municipal y con la conformidad del Presidente de la Corporación, con desglose de las cantidades recaudadas y que acredite la aplicación de dichas cantidades a las actuaciones financiadas y las amortizaciones realizadas mediante el canon.
En dicho certificado debe de figurar a origen de la aplicación del canon de mejora, lo realmente facturado, el importe de lo recaudado, el importe de lo amortizado del programa de actuaciones que figura en el Anexo y lo pendiente de amortizar, así como el importe de actuaciones por ejecutarse, todo ello, conforme a la facturación, al importe de canon de mejora e interés aplicado, en cada momento. A título indicativo, se reseñará, el tanto por ciento de cobro realizado.
2. Anualmente, y cuando le sea requerido, el Ayuntamiento de Jaén, aportará obligatoriamente a la Agencia Andaluza del Agua, una auditoría económica por entidad competente y externa a él mismo. Dicha auditoría deberá ser presentada, para su conocimiento y examen, sin perjuicio de que la propia Agencia Andaluza del Agua lleve a cabo sus propios mecanismos periódicos de control.
Artículo 6. Suspensión de la vigencia del canon.
1. En caso de incumplimiento de la obligación establecida en los artículos 4.2 y 5.1 de la presente Resolución, la Agencia Andaluza del Agua requerirá al Ayuntamiento la presentación de tos referidos certificados. La falta de presentación de los mismos en el plazo de tres meses a partir del requerimiento efectuado, implicará la suspensión de la vigencia y aplicación del canon de mejora hasta el cumplimiento de tal requisito.
2. La suspensión de la vigencia del canon y, en su caso, la continuación de la aplicación del mismo, será acordada mediante Resolución de la Agencia Andaluza del Agua publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Artículo 7. Consecuencias de la incorrecta aplicación.
Presentados los correspondientes certificados, si se constatase por la Agencia Andaluza del Agua una incorrecta aplicación del canon de mejora, ello determinará, previa audiencia del Ayuntamiento, el cese de la vigencia y aplicación del mismo, acordada mediante Resolución de la Agencia Andaluza del Agua, dictada en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de dichos certificados conforme a lo dispuesto en tos artículos 4.2 y 5.1 de la presente Resolución.
Artículo 8. Supuestos de revisión.
1. El presente canon de mejora será objeto de revisión y nueva aprobación en el supuesto de que durante su período de vigencia surgiera la necesidad de efectuar alguna modificación, respecto:
a) Del programa de actuaciones a financiar previsto en el Anexo de la presente Resolución, en cuanto a su contenido y presupuesto parcial y/o global, así como otras circunstancias que, previa justificación, implicaran su actualización y como consecuencia de ello, su modificación.
b) De los parámetros que sustentan el estudio económico-financiero que ha servido de base para su cálculo –incrementos o descensos de consumo (m3), ampliación y/o disminución del plazo de aplicación del canon y valores del mismo, financiación de las operaciones financieras de préstamos en cuanto a la previsión de que se superen y/o desciendan tos tipos de interés aplicables, búsqueda de fórmulas de financiación alternativas que posibiliten reducir su cuantía– con objeto de ajustar, en la medida de lo posible, el rendimiento del canon a los costes reales que se pretenden cubrir.
2. Se solicitará ante la Agencia Andaluza del Agua, la modificación y nueva aprobación de la cuantía del canon y el programa de empréstitos y/o de las operaciones financieras que, en su fecha, se acuerde por el Ayuntamiento, de acuerdo se informe por la Agencia Andaluza del Agua.
Disposición final primera. Autorización para su desarrollo.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza del Agua para dictar los actos necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente Resolución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de abril de 2010.- El Presidente, P.D. (Res. de 16.5.2005), el Director Gerente, Juan Paniagua Díaz.
anexo
programa de actuaciones
CÓDIGO | DENOMINACIÓN DE LAS ACTUACIONES | PRESUPUESTO (Euros) |
CAPTACIÓN | 1.768.612,98 | |
CAP/A-1 | Obras y sondeos en Mingo I | 918.989,83 |
CAP/A-3 | Estudios hidrogeológicos Jaén | 39.444,34 |
CAP/A-4 | Sondeo y red de aducción | 468.156,77 |
CAP/A-5 | Nuevo bombeo en Peñas de Castro | 159.488,20 |
CAP/A-6 | Adecuación sondeo Tomillo | 182.533,84 |
ADUCCIÓN | 528.364,02 | |
ADU/A-1 | Obras en canal de río Frío | 501.318,49 |
ADU/A-2 |
Conducción Mingo I - Peñas de Castro-Arteria al Calvario |
27.045,53 |
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE | 635.790,43 | |
TRA/A-2 | Obras de mejora en la ETAP | 635.790,43 |
ALMACENAMIENTO | 3.210.863,89 | |
ALM/A-1 | Depósito de El Calvario | 38.514,27 |
ALM/A-2 | Obras en depósito de Cuatro Caminos | 820.591,90 |
ALM/A-3 | Obras en depósito de San Felipe (Fase I y II) | 742.455,38 |
ALM/A-4 | Depósito de Parroquias (ampliación y mejora) | 1.082.464,38 |
ALM/A-5 | Depósito de Peñas de Castro | 0,00 |
ALM/A-6 | Depósito Las Infantas | 0,00 |
ALM/A-7 | Depósito de cola para zonas industriales | 0,00 |
ALM/B-1 | Obras en depósito de Faldas del Castillo | 0,00 |
ALM/B-2 | Mejora en depósitos menores | 526.837,96 |
RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE | 22.433.928,42 | |
DIS/A-1 | Arteria maestra hasta el depósito de El Calvario | 45.804,95 |
DIS/A-2 |
Arteria maestra desde depósito El Calvario hasta Polígono de la Estación |
20.415,47 |
DIS/A-4 | Renovación de la red en C/ Almodóvar | 510.118,42 |
DIS/A-5 | Conducción San Felipe - Parroquias | 1.311.247,05 |
DIS/A-6 | Abastecimiento al puente de la Sierra | 1.519.580,08 |
DIS/B-1 | Renovación de la red en barrio de Belén y San Roque y otros | 2.272.079,75 |
DIS/B-2 | Renovación de la red en el casco antiguo | 991.749,23 |
DIS/B-5 | Renovación de la red en Polígono de Los Olivares | 1.278.584,37 |
DIS/B-6 | Renovación de la red en barrio de La Victoria | 16.795,41 |
DIS/B-7 |
Renovación de la red en barrio San Felipe, La Glorieta y San Sebastián |
931.171,92 |
DIS/B-8 | Renovación de la red en barrio de Santa Isabel | 1.165.112,10 |
DIS/B-9 | Renovación de la red en Avenida de Andalucía | 400.202,82 |
DIS/B-10 |
Renovación de la red en Avenida de Madrid y Carretera Bailén-Motril |
530.380,56 |
DIS/B-11 | Renovación de la red de riego | 22.642,51 |
DIS/B-13 | Arteria maestra a depósito de cola | 2.293.307,34 |
DIS/B-15 | Renovación de redes en Jaén | 1.028.694,38 |
DIS/B-16 | Conducción a Las Infantas | 2.073.569,97 |
DIS/B-18 | Arteria interconexión cuatro caminos - Parroquias | 3.610.862,93 |
DIS/B-19 |
Renovación de redes en carretera circunvalación y accesos a la A-316 |
1.235.150,78 |
DIS/B-20 | Renovación de redes en Jaén. Fase II | 1.176.458,38 |
RED DE SANEAMIENTO | 5.724.410,93 | |
SAN/B-2 | Colector en distribuidor Norte a la red general | 99.992,02 |
SAN/B-6 | Renovación de redes de saneamiento | 4.696.104,05 |
SAN/B-7 | Colector en distribuidor Norte | 928.314,86 |
Total programa actuaciones financiado por canon de mejora | 34.301.970,67 |
Importes con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA excluido).
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