Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 24/05/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 7 de mayo de 2010, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución de las solicitudes de subvención en materia de comercio y artesanía, de la modalidad ARA/E, Modernización y Fomento de la Artesanía (convocatoria 2010).

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 9 de diciembre de 2009 (BOJA núm. 247, de 21 de diciembre), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía, en la modalidad de Modernización y Fomento de la Artesanía (ARA/E), se han apreciado los siguientes

Hechos

1.º El artículo 9.5 de la Orden de 9 de diciembre de 2009 (BOJA núm. 247, de 21 de diciembre) establece que el plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones en materia de Comercio y Artesanía será el comprendido entre el 4 y el 31 de enero de cada año; ampliado para la Convocatoria de 2010 hasta el 15 de febrero del presente año, mediante Orden de 29 de enero de 2010 (BOJA núm. 27, de 10 de febrero).

2.º El artículo 14.4 de la Orden citada, establece que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de las solicitudes en la modalidad 6 (ARA/E) será de tres meses y se computará a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las mismas.

Fundamentos de Derecho

1.º A tenor de lo dispuesto en el artículo 17.1 de la referida Orden de 9 de diciembre de 2009, es competente para resolver, por delegación del titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, la concesión de subvenciones de la modalidad 6 (ARA/E) siempre que no se trate de asociaciones de carácter regional, el titular de la Delegación Provincial correspondiente.

2.º A la vista del estado de tramitación en que se encuentra el procedimiento de concesión de la modalidad citada, la implantación este año de una nueva herramienta informática de gestión de estas subvenciones en sus fases de procedimientos de concesión y justificación, pese a encontrarse habilitados todos los medios materiales y personales disponibles y el próximo vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación que, salvo posibles suspensiones del mismo dadas de acuerdo con el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será el 15 de mayo de 2010; hacen prever que este plazo no se podrá cumplir.

3.º El artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que, de manera excepcional, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes. De acordarse finalmente la ampliación del plazo máximo, este no podrá ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento.

Es por esto que el Delegado Provincial

ACUERDA

Ampliar el plazo para resolver y notificar la concesión de las subvenciones convocadas por la Orden de 9 de diciembre de 2009, en relación con la modalidad 6 (ARA/E) modernización y fomento de la artesanía, por un periodo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo inicialmente establecido por el artículo 14.4 de la citada Orden.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 7 de mayo de 2010.- El Delegado, José María Reguera Benítez.

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