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En virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública
RESUELVO
Autorizar la modificación de las tarifas autorizadas por la Resolución de 3 de diciembre de 2010, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la inclusión de un nuevo suplemento abajo relacionado, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Suplemento.
Sobre lo marcado en taxímetro:
- Servicios especiales a Palmas Altas: 2,00 €.
Esta Resolución surtirá efectos desde el día 1 de julio de 2011, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se produzca con anterioridad a dicha fecha.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de abril de 2011.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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