Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 31/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 18 de mayo de 2011, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hacen públicos los listados definitivos de personas beneficiarias y los listados provisionales de personas excluidas de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad «Médica, Protésica y Odontológica» para el personal funcionario y no laboral y del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía en la provincia de Sevilla que han sido presentadas durante el mes de diciembre de 2010, así como las que fueron objeto de requerimiento y subsanadas posteriormente.

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Vistas las solicitudes presentadas por el referido personal durante el mes de diciembre de 2010, así como las que fueron objeto de requerimiento y subsanadas posteriormente, relativas a la modalidad de ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», correspondientes a las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que establece la Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo), mediante la que se aprueba el Reglamento de las citadas ayudas, tienen lugar los siguientes:

HECHOS

Primero. Se ha comprobado que las solicitudes correspondientes a las personas beneficiarias, cuya concesión se hace pública mediante esta Resolución, reúnen todos los requisitos fijados reglamentariamente para su concesión.

Segundo. Asimismo, las solicitudes presentadas durante el mismo periodo y que adolecen de algún defecto se publican igualmente mediante esta Resolución, concediéndose plazo de subsanación, de tales errores o defectos.

A tales hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Los artículos 13 y siguientes del referido Reglamento que regulan la Ayuda «Médica, Protésica y Odontológica», en relación con el artículo 11 del mismo texto, que establece el procedimiento de resolución de ayudas.

II. La Disposición adicional segunda de la Orden que aprueba el citado Reglamento por la que se delegan las competencias de todas las actuaciones del procedimiento de gestión y resolución de las Ayudas «Médica, Protésica y Odontológica», en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública, respecto del personal que esté destinado en los servicios periféricos de cada provincia, en relación con el artículo 2 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

III. El artículo 3 del Reglamento, mediante el que se establece el carácter de actividad continuada a lo largo de cada ejercicio de esta modalidad de ayuda.

IV. La Resolución de 27 de enero de 2010 (BOJA núm. 26 de febrero), en la que se determina, para el ejercicio 2010 las cuantías a abonar para este tipo de ayudas, en relación con el artículo 6 del referido Reglamento.

Vistos los hechos y Fundamentos de Derecho expuestos, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial

RESUELVE

Primero. Publicar los listados definitivos de las personas beneficiarias para la concesión de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2010 en la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente a las solicitudes presentadas durante el mes de diciembre de 2010 por el personal de los servicios periféricos en la provincia de Sevilla, así como las que fueron objeto de requerimiento y subsanadas posteriormente.

Segundo. Publicar los listados provisionales de las personas excluidas para la concesión de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 2010, en la modalidad «Médica, Protésica y Odontológica», correspondiente a las solicitudes presentadas durante el mes de diciembre de 2010 por el personal de los servicios periféricos en la provincia de Sevilla.

Tercero. Conceder un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que el personal interesado presente las alegaciones que estime pertinentes contra el listado provisional de las personas excluidas y, en su caso, subsanen los defectos padecidos en su solicitud o en la documentación preceptiva.

Dichas alegaciones se dirigirán a la Delegada Provincial de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de Sevilla y se presentarán en cualquiera de los Registros Generales o Auxiliares de los Organos Administrativos, de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. A tales efectos los listados quedarán expuestos en la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Sevilla, en la sede de Luis Montoto, núm. 133; cuya consulta podrá realizarse a su vez, a través de la web del empleado público: https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico seleccionando: Trámites Laborales, Ayudas de Acción Social, Ayudas de Actividad Continuada.

Quinto. Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, en lo referente a los listados definitivos de personas beneficiarias, el personal funcionario y no laboral puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El personal laboral podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 69 y siguientes del Real Decreto 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 18 de mayo de 2011.- La Delegada, Estrella Montaño García.

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