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Mediante Orden de 14 de noviembre de 2008, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 238, de 1 de diciembre, fueron aprobadas las bases reguladoras del Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía, cuya convocatoria para el año 2010 fue realizada mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 1 de marzo de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 50, de fecha 11 de marzo de 2011.
En la citada resolución se convocaba el procedimiento de concesión de subvenciones para la adquisición de los siguientes tipos de electrodomésticos con la clasificación de alta eficiencia energética: frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas, hornos y acondicionadores de aire de uso doméstico, estableciéndose que el plazo de presentación de solicitudes estaría comprendido entre las siguientes fechas.
- Desde el día 15 de marzo de 2011, hasta que se declarara concluso mediante Resolución de la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para el caso de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos.
- Desde el día 13 de abril de 2011, hasta que se declarara concluso mediante Resolución de la Dirección General de la Agencia Andaluza de la Energía publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para el caso de acondicionadores de aire de uso doméstico.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 14 de noviembre de 2008, la concesión de las subvenciones reguladas en esta norma está limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes. Transcurridos más de dos meses desde la convocatoria antes citada, procede declarar concluso el plazo para la adquisición subvencionada de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos, al haberse agotado las disponibilidades presupuestarias para los mismos, permaneciendo abierta la convocatoria en relación a los acondicionadores de aire de uso doméstico.
Vistos los preceptos legales indicados y demás de general aplicación, así como el apartado cuarto de la Resolución de 1 de marzo de 2011 de esta Dirección General,
RESUELVO
Primero. Declarar el 1 de junio de 2011, como fecha de conclusión del plazo para la reserva de fondos y la adquisición subvencionada de frigoríficos, congeladores, lavadoras, lavavajillas y hornos, acogida al Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía 2010, y convocada mediante Resolución de esta Dirección General, de fecha 1 de marzo de 2011. Las adquisiciones y solicitudes de los electrodomésticos antes mencionadas, realizadas con fecha posterior al 1 de junio de 2011, no serán subvencionadas.
Segundo. Tramitar las solicitudes que conste que han sido formuladas por los comercios adheridos hasta el 1 de junio de 2011 inclusive y que cuenten con la preceptiva reserva de fondos. Dichas solicitudes serán presentadas por los comercios adheridos para su tramitación ante la Agencia IDEA, dentro del período de los 20 días naturales de vigencia que tiene atribuida la reserva de fondos.
Tercero. La convocatoria para la presentación de solicitudes de subvención para la adquisición de acondicionadores de aire de uso doméstico permanecerá abierta hasta que se fije su conclusión mediante Resolución que se dicte al efecto, continuándose con su tramitación, con arreglo a lo dispuesto en la Resolución de 1 de marzo de 2011, y en la Orden de 14 de noviembre de 2008.
Las subvenciones acogidas al Plan Renove de Electrodomésticos de Andalucía, correspondiente al año 2010, se financiarán a través de los fondos procedentes del Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y la Agencia Andaluza de la Energía, para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012, (PAE4+) de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Agencia Andaluza de la Energía, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos contados desde el día siguiente al de su notificación, todo ello según lo establecido en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de mayo de 2011.- El Director General, Francisco José Bas Jiménez.
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