Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 18/01/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 30 de noviembre de 2010, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Antequera, dimanante de divorcio contencioso 1256/2009.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2901542C20090004523.

Procedimiento: Familia Divorcio Contencioso 1256/2009. Negociado: 1.

De: Juan José González Muñoz.

Procuradora: Sra. María Teresa Giménez Medina.

Contra: Soledad Capella.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia Divorcio Contencioso 1256/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Antequera a instancia de Juan José González Muñoz contra Soledad Capella sobre divorcio contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 206/10

En Antequera, a 30 de noviembre de 2010.

Miguel Ángel Gómez Torres, magistrado titular de este Juzgado, ha visto los presentes autos de divorcio contencioso núm. 1.256/09. El proceso lo ha promovido la procuradora de los tribunales doña María Teresa Giménez Medina, en nombre y representación de don Juan José González Muñoz que es asistido por el abogado don Alejandro Iriso Ruiz, contra doña María Soledad Capellá. El Ministerio Fiscal no es parte.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la representación procesal de don Juan José González Muñoz contra doña María Soledad Capellá, con base en los siguientes pronunciamientos:

1. Disuelvo por divorcio el matrimonio contraído por las partes litigantes, celebrado el día 16 de diciembre del año 2006 en la localidad de Antequera (Málaga), con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

2. No ha lugar a pronunciamiento expreso en cuanto al pago de las cosas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes –a la demandada por medio de edictos a publicar en el BOJA– y, una vez firme, comuníquese al Registro Civil del lugar de inscripción del matrimonio para que se practiquen los asientos oportunos.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, y que será resuelto por la Audiencia Provincial de Málaga una vez interpuesto en debida forma.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado abierta en la Entidad Bancaria Banesto, que irá dirigida a la cuenta de 20 dígitos siguiente 2904 0000 05 1256 09, identificando como beneficiario a este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Antequera y en observaciones indicar el documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Soledad Capella, extiendo y firmo la presente en Antequera a treinta de noviembre de dos mil diez.

Descargar PDF