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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de Juan Jesús Rodríguez Leiva, cuyo último domicilio conocido estuvo en Ronda (Málaga).
Mediante el presente Anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo contra Juan Jesús Rodríguez Leiva, DAD-MA-2010-0008, sobre la vivienda perteneciente al grupo MA-0901, finca 24504, cta. 254, sita en calle Giner de los Ríos, 12, 1.º D, en Ronda (Málaga), se ha dictado Resolución de 22 de diciembre de 2010, del Gerente Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se consideran probadas las causas de desahucio imputadas: Apartado 2, letras c) y a), del artículo 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, y en su virtud, «No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa» y «La falta de pago de las rentas así como de las cantidades exigibles por servicios o gastos comunes», se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita.
En la resolución se le otorga el plazo improrrogable de un mes, para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entregue la llave y deje libre y expedita la vivienda. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que por EPSA, transcurrido ese plazo, desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.
Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.
La Resolución se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en calle Cerrojo, 38, 29007, Málaga, así como la totalidad del expediente administrativo.
Esta Resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme a los artículos 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 22 de diciembre de 2010.- El Gerente, Cristóbal Fernández Páez.
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