Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 11 de mayo de 2011, de la Secretaría General Técnica, relativa a la revocación de las encomiendas de gestión que se citan.

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El artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contempla la creación de Registros Auxiliares del Registro General de los órganos administrativos.

Por su parte, el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé que los responsables de los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos.

Mediante Resolución de 9 de marzo de 2006, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo (BOJA núm. 83, de 4 de mayo de 2006), se publicaron los Convenios relativos a las encomiendas de gestión por las que se crearon los Registros Auxiliares de la Consejería de Empleo en los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico (en adelante UTEDLT), como instrumentos para facilitar la presentación de solicitudes, escritos y documentos dirigidos a la Consejería de Empleo y el Servicio Andaluz de Empleo.

Con posterioridad, el Acuerdo de 27 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía, incluye como previsión de dicho Plan para los Consorcios de las UTEDLT su extinción, a cuyo efecto se constituye una Comisión de Liquidación que, entre otras facultades, puede traspasar las competencias de aquellos Consorcios a distintos entes sucesores.

En el contexto descrito se produciría una desvirtuación de la finalidad perseguida con aquellas encomiendas, por lo que se considera conveniente dejarlas sin efecto y, por tanto, proceder a su revocación. En su virtud, y al amparo de las competencias sobre registro previstas en el artículo 5.1 del Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo,

RESUELVO

Artículo único. Revocación.

Revocar las encomiendas de gestión formalizadas en los convenios específicos de colaboración que se citan en el Anexo de la Resolución de 9 de marzo de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se declara el contenido de diversos convenios específicos de colaboración para la implantación y puesta en marcha en Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Registros Auxiliares de la Consejería y se ordena o solicita, según proceda en derecho hacer pública la misma, en su integridad.

Disposición adicional única. Cumplimiento y ejecución.

Interesar a los distintos órganos y personal competentes la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para dar cumplimiento y ejecución a esta Resolución.

Sevilla, 11 de mayo de 2011.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.

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