Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 22/06/2011

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Consejería de Medio Ambiente

Anuncio de 9 de junio de 2011, de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico, de la notificación por edicto de la ampliación del plazo establecido para la tramitación y resolución del expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del Arroyo Hondo, en el término municipal de Álora (Málaga).

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La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14 a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, y en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, procedió a la incoación de oficio, mediante Acuerdo de fecha 14 de julio de 2010, del procedimiento de apeo y deslinde del dominio público hidráulico siguiente:

Referencia expediente: MA-54.547.

Río: Arroyo Hondo.

Tramo: Desde la salida del encauzamiento aguas abajo del puente de acceso a Álora hasta su desembocadura en el Río Guadalhorce cuyas coordenadas UTM son:

Punto inicial: X: 347726 Y: 4076544

Punto final: X: 348168  Y: 4076025

Longitud: 0,8 km.

Términos municipales afectados: Álora.

Provincia: Málaga.

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se notifica por medio del presente edicto, a la relación de interesados que se adjunta como Anexo, al no haber sido posible su localización por ser desconocidos, ignorarse su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma, lo que a continuación sigue:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante resolución de la Dirección General del Dominio Publico Hidráulico, con fecha de 14 de julio de 2010, se inició expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del Arroyo Hondo, en el término municipal de Álora (Málaga).

Segundo. Resulta de gran complejidad e imprevisibilidad la duración de los trámites procedimentales, que ha venido motivada principalmente por las demoras a la hora de efectuar las notificaciones personales a los interesados, así como las publicaciones que sean preceptivas, al objeto de que se garantice adecuadamente el derecho de defensa y las acontecidas por las dificultades técnicas que entraña la determinación de los límites de dominio público hidráulico en la zona.

Tercero. Por los motivos anteriormente enunciados, hay una imposibilidad manifiesta de cumplir los plazos previstos para la resolución y notificación del procedimiento de deslinde, que es de un año a partir del acuerdo de iniciación por parte de la Dirección General del Dominio Publico Hidráulico, en el expediente de referencia, cuyo plazo de duración finaliza el día 14 de julio del presente.

A tales hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta, tercero, del R.D.L. 1 /2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, el plazo para resolver y notificar la resolución en el procedimiento de deslinde del dominio público hidráulico es de un año.

Segundo. Según lo dispuesto en el mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puede acordarse, motivada y excepcionalmente, la ampliación del plazo máximo de resolución previsto para un procedimiento.

Por todo ello,

ACUERDO

La ampliación del plazo de un año legalmente establecido en la Disposición Adicional Sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, para dictar resolución en el procedimiento administrativo de deslinde del dominio público hidráulico, en el presente expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del Arroyo Hondo, en el término municipal de Álora (Málaga), por un período de 6 meses mas, contados a partir de la finalización del plazo anteriormente citado en el antecedente tercero, a efectos de evitar la caducidad del mismo.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así lo firmo y acordó en Sevilla el 25 de abril de 2011 el Director General de Dominio Publico Hidráulico: Javier Serrano Aguilar.

Sevilla, 9 de junio de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

ANEXO

APEO Y DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN AMBAS MÁRGENES DEL ARROYO HONDO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ÁLORA (MÁLAGA). EDICTO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO

TITULAR NIF REF.CATASTRAL POL. PARC.
ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS Q2801660H 29012A01500153 15 153
ALVAREZ VERGARA MARIA B52003795 8260902UF4776S - -
FERNANDEZ RUIZ RAMON   29012A01500151 15 151
PEREZ DEL CASTILLO DIEGO JOSE ‘HEREDEROS DE 40730560K 001300200UF47F - -
29012A01500143 15 143
29012A01500149 15 149
29012A01500150 15 150
29012A03200002 32 2
29012A03200004 32 4

Sevilla 9 de junio de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

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