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La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua, aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, y en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en su redacción dada por el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, procedió a la incoación de oficio, mediante Acuerdo de fecha 14 de julio de 2010, del procedimiento de apeo y deslinde del dominio público hidráulico siguiente:
Referencia expediente: MA-54.546.
Río: Río Guadalhorce.
Tramo: Desde el puente de acceso al núcleo urbano Cártama-Estación hasta el cruce del río con la carretera A-357, cuyas coordenadas UTM son:
Punto inicial: X: 356044 Y: 4066251.
Punto final: X: 358727 Y: 4065230.
Longitud: 4,05 km.
Términos municipales afectados: Cártama.
Provincia: Málaga.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se notifica por medio del presente edicto a la relación de interesados que se adjunta como Anexo, al no haber sido posible su localización por ser desconocidos, ignorarse su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma, lo que a continuación sigue:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico, con fecha 14 de julio de 2010, se inició expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del río Guadalhorce, en el término municipal de Cártama (Málaga).
Segundo. Resulta de gran complejidad e imprevisibilidad la duración de los trámites procedimentales, que ha venido motivada principalmente por las demoras a la hora de efectuar las notificaciones personales a los interesados, así como las publicaciones que sean preceptivas, al objeto de que se garantice adecuadamente el derecho de defensa y las acontecidas por las dificultades técnicas que entraña la determinación de los límites de dominio público hidráulico en la zona.
Tercero. Por los motivos anteriormente enunciados, hay una imposibilidad manifiesta de cumplir los plazos previstos para la resolución y notificación del procedimiento de deslinde, que es de un año a partir del acuerdo de iniciación por parte de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico, en el expediente de referencia, cuyo plazo de duración finaliza el día 14 de julio del presente.
A tales hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, el plazo para resolver y notificar la resolución en el procedimiento de deslinde del dominio público hidráulico es de un año.
Segundo. Según lo dispuesto en el mencionado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puede acordarse, motivada y excepcionalmente, la ampliación del plazo máximo de resolución previsto para un procedimiento.
Por todo ello,
ACUERDO
La ampliación del plazo de un año legalmente establecido en la disposición adicional sexta, tercero, del R.D.L. 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, para dictar resolución en el procedimiento administrativo de deslinde del dominio público hidráulico, en el presente expediente de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del río Guadalhorce, en el término municipal de Cártama (Málaga), por un período de seis meses más contados a partir de la finalización del plazo anteriormente citado en el antecedente tercero, a efectos de evitar la caducidad del mismo.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Así lo firmó y acordó en Sevilla el 25 de abril de 2011 el Director General de Dominio Público Hidráulico: Javier Serrano Aguilar.
Sevilla, 9 de junio de 2011.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.
ANEXO APEO Y DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN AMBAS MÁRGENES DEL RÍO GUADALHORCE, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÁRTAMA (MÁLAGA). EDICTO DE AMPLIACIÓN DE PLAZO |
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TITULAR | NIF | REF. CATASTRAL | POL. | PARC. |
BEDOYA CANTOS CRISTÓBAL | 29038A01100004 | 11 | 4 | |
BEDOYA DÍAZ CATALINA HEREDEROS DE |
24633461R | 29038A01200066 | 12 | 66 |
BEDOYA DÍAZ MIGUEL | 24633445P | 29038A01200009 | 12 | 9 |
BEDOYA GÁMEZ ANTONIA | 74793520G | 29038A01100029 | 11 | 29 |
COMUNIDAD DE VECINOS DOÑA ANA |
29038A01100001 | 11 | 1 | |
CUENCA CUENCA ROSARIO | 29038A01000019 | 10 | 19 | |
DÍAZ DÍAZ MIGUEL HEREDEROS DE |
24669373X | 29038A01000008 | 10 | 8 |
29038A01200008 | 12 | 8 | ||
29038A01200053 | 12 | 53 | ||
FRANCISCO PORRAS ORTIZ, S.A. | A29033487 | 29038A01000057 | 10 | 57 |
29038A01000059 | 10 | 59 | ||
GARCÍA ACOSTA JOSÉ | 24223619L | 29038A01200016 | 12 | 16 |
29038A01200017 | 12 | 17 | ||
29038A01200051 | 12 | 51 | ||
H. TOBELEM MORALES, S.L. | B29366945 | 29038A01200005 | 12 | 5 |
HURTADO ARANDA JOSÉ | 24772430G | 29038A01000052 | 10 | 52 |
JIMÉNEZ SÁNCHEZ RAFAEL | 74794458E | 29038A01200030 | 12 | 30 |
MILLÁN GARCÍA FRANCISCO | 24761882J | 29038A01000042 | 10 | 42 |
PÉREZ OLIVER CÉSAR | 25717073Z | 29038A01200006 | 12 | 6 |
PORRAS GARCÍA JOSEFA | 74810990V | 29038A01000002 | 10 | 2 |
PORRAS RODRÍGUEZ MARÍA JOSÉ Y OTRA | 29038A01200012 | 12 | 12 | |
RAMÍREZ RÍOS CAYETANO | 24745829Z | 29038A01200026 | 20 | 26 |
29038A01200027 | 20 | 27 |