Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Expte. núm. MO/00223/2009.
Visto el expediente núm. MO/00223/2009 de deslinde del monte público «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de las Peñuelas», propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Santaella, provincia de Córdoba, resultan los siguientes
HECHOS
1. El expediente de deslinde del monte público «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de las Peñuelas», surge ante la necesidad de determinar el perímetro del monte al objeto de su posterior amojonamiento.
2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 1 de septiembre de 2009, se acordó el inicio de deslinde administrativo de dicho monte y, habiéndose acordado que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santaella, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 187, páginas 58 y 59, de fecha 23 de septiembre de 2009 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 180, página 6800, de fecha 25 de septiembre de 2009, el anuncio de Resolución de Inicio de deslinde.
3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 6 de julio de 2010, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado el citado extremo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Santaella, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 103, página 106, de fecha 28 de mayo de 2010 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 104, página 5343, de fecha 4 de junio de 2010. El trabajo realizado se ha basado principalmente en la escritura número setecientos setenta y uno de Agrupación, División de Finca, Constitución de Servidumbre y Compraventas con Aceptación Diferida de 14 de octubre de 2004 que describe el Lote Número 45, entre otros, objeto del presente expediente de deslinde, así como en el plano de división de la finca.
4. Las operaciones materiales de deslinde continuaron el día 23 de julio, momento en el que se dieron por finalizados. Se colocaron un total de 17 piquetes.
5. En las correspondientes actas redactadas en las operaciones materiales de deslinde se hace una descripción exhaustiva de los piquetes de deslinde, así como las manifestaciones de los asistentes al mismo.
6. Anunciado el período de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 197, de 18 de octubre de 2010 y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 30 días, no se interpuso alegación alguna al expediente según recoge oficio de remisión del expediente al Servicio Jurídico Provincial.
7. Con fecha de 25 de abril de 2011 se emitió informe GJ/cl-18/11-Consultivo, sobre deslinde del monte público «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de Las Peñuelas», sito en el término municipal de Santaella (Córdoba), por el Servicio Jurídico Provincial de Córdoba, en el que se concluye, junto con una serie de consideraciones, que «…, se estima que la propuesta emitida sobre el deslinde de monte público es ajustada a derecho, por la que se emite informe favorable».
A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes
NORMAS
Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable al caso.
A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente
RESUELVE
1.º Aprobar el deslinde del monte público «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de las Peñuelas», código de la Junta de Andalucía CO-10513-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Santaella, provincia de Córdoba, de acuerdo con las Actas, Planos, Registros Topográficos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente.
2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.
3.º Que estando inscrito en el Registro de la Propiedad de La Rambla, con los siguientes datos registrales:
Finca | Nombre | Tomo | Libro | Folio | Alta | Superficie (ha) |
11352 | Comunidad Autónoma de Andalucía | 1066 | 203 | 122 | 2.ª | 12,0017 |
Una vez firme la Orden Aprobatoria del deslinde del monte público «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de las Peñuelas» (expediente MO/00223/2009), y en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se inscriba el citado monte en el Registro de la Propiedad, que según medición reciente arroja una superficie de 12,0144 ha. La descripción de cada uno de los piquetes de deslinde se detalla en la correspondiente acta que obra en el expediente y además, con los siguientes datos:
- Nombre: «Cortijo El Cambrón o Culebrilla Mediana y Pago de las Peñuelas».
- Provincia: Córdoba.
- Término municipal: Santaella.
- Código: CO-10513-JA.
- Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Cabida Monte Público: 12,0144 ha.
- Límites:
MONTE PÚBLICO CORTIJO EL CAMBRÓN O CULEBRILLA MEDIANA Y PAGO DE LAS PEÑUELAS | |
NORTE | Con el lote 46. |
ESTE | Con tierras de «El Tiritar». |
SUR | Con finca de la que procedía del Cerro de las Peñuelas. |
OESTE | Con más del Cortijo del Cambrón. |
Cabida monte público: 12,0144 ha. | |
No existen enclavados |
- Valor Catastral: 1.268,11 €.
El registro topográfico del expediente MO/00223/2009 se adjunta como anexo a la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.
Sevilla, 7 de junio de 2011
José Juan Diaz Trillo
Consejero de Medio Ambiente
ANEXO
REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXPTE. MO/00223/2009
COORDENADAS U.T.M. (HUSO 30), ZONA: S
DATUM: EUROPEAN DATUM 1950 (ED50)
CORTIJO EL CAMBRÓN O CULEBRILLA MEDIANA Y PAGO DE LAS PEÑUELAS |
||
PIQUETE | COORD. X | COORD. Y |
1 | 331190,66 | 4159188,18 |
2 | 331196,13 | 4159103,93 |
3 | 331208,77 | 4158983,96 |
4 | 331211,74 | 4158957,43 |
5 | 331226,64 | 4158849,02 |
6 | 331237,13 | 4158757,34 |
7 | 331139,01 | 4158737,14 |
8 | 331097,11 | 4158730,25 |
9 | 331032,77 | 4158709,87 |
10 | 330973,33 | 4158689,95 |
11 | 330970,16 | 4158731,15 |
12 | 330960,10 | 4158794,46 |
13 | 330946,51 | 4158889,45 |
14 | 330948,57 | 4159186,00 |
15 | 330990,98 | 4159185,45 |
16 | 331062,08 | 4159185,16 |
17 | 331099,59 | 4159185,95 |