Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 08/07/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1662/2007. (PP. 979/2011).

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NIG: 2906742C20070032608.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1662/2007.

Negociado: 02.

De: American Express de España.

Procurador: Sr. Ignacio Sánchez Díaz.

Letrado: Sr. Torrado Álvarez, José Carlos.

Contra: Don José Manuel García Pérez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1662/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, a instancia de American Express de España contra don José Manuel García Pérez sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm

En Málaga, a diecinueve de octubre de dos mil diez.

Doña María Ángeles García Aldaria, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1662/2007, sobre reclamación de cantidad por incumplimiento contractual, seguidos a instancia de la entidad American Express de España, S.A., representada por el Procurador don Ignacio Sánchez Díaz y defendida por el Letrado don José Carlos Torrado Álvarez, contra don José Manuel García Pérez, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Ignacio Sánchez Díaz, actuando en nombre y representación de la mercantil American Express de España, S.A., contra don José Manuel García Pérez, condenar al demandado a abonar a la demandante la cantidad de cincuenta y nueve mil ciento cincuenta y cinco euros con treinta y un céntimos (59.155,31 euros), más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda e incrementados en dos puntos desde la fecha de dictado de esta sentencia y hasta su completo pago, más las costas procesales causadas en esta instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado por escrito en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y del que conocerá la Audiencia Provincial de Málaga.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente la constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2936, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad en lo establecido con el apartado 5.º de la disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don José Manuel García Pérez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a dieciocho de febrero de dos mil once.- El/La Secretario.

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