Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 11/07/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

Resolución de 5 de julio de 2011, de la Secretaría General de Salud Pública y Participación, por la que se convocan subvenciones para proyectos de participación en salud, para el año 2011.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Orden de 27 de mayo de 2011, de la Consejería de Salud, establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de participación en salud (BOJA núm. 122, de 23 de junio de 2011).

De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 2011, y en base a la delegación de competencias efectuada en el artículo 5 de la Orden de la Consejería de Salud de 2 de julio de 2002, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica, contratación administrativa y patrimonio (BOJA núm. 82, de 13 de julio de 2002).

RESUELVO

Primero. Convocar para el ejercicio económico de 2011, subvenciones para la financiación de proyectos de participación en salud, por el procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 27 de mayo de 2011.

Segundo. Los conceptos subvencionables, requisitos y procedimiento de concesión, serán los establecidos en la citada Orden de 27 de mayo de 2011.

Tercero. Las subvenciones objeto de la presente convocatoria, se concederán, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios de la Consejería de Salud correspondientes a las siguientes aplicaciones presupuestarias, y por una cuantía máxima de 965.611,90 euros:

0.1.15.00.01.00.481.01.41D.2. 280.163,90 €

1.1.15.00.18.00.481.21.41D.3.2010 215.248,78 €

0.1.15.00.18.00.481.21.41D.5 169.751,22 €

0.1.15.00.01.00.441.01.41D.6. 30.000,00 €

1.1.15.00.18.00.461.11.41D.6.2010 133.550,00 €

0.1.15.00.18.00.461.11.41D.8. 42.898,00 €

1.1.15.00.18.00.481.11.41D.4.2010 94.000,00 €

Cuarto. La cuantía total máxima será de 699.538,14 euros para el ámbito provincial y 266.073,76 euros para el autonómico, y se distribuirá de la siguiente forma:

1.º Para los proyectos relativos a la prevención de la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), se destinarán 385.000,00 euros, correspondiendo 290.000,00 para el ámbito provincial y 95.000,00 euros para el autonómico.

2.º Para los proyectos relativos a la promoción de y educación para la salud a través de actuaciones de Ayuda Mutua voluntaria y de autocuidado, se destinarán 280.163,90 euros, correspondiendo 164.673,14 euros para el ámbito provincial y 115.490,76 euros para el autonómico.

3.º Para los proyectos relativos a Estilos de vida saludables, se destinarán 300.448,00 euros, correspondiendo 244.865,00 euros para el ámbito provincial y 55.583,00 para el autonómico.

Quinto. Las solicitudes de las subvenciones para proyectos de participación en salud se presentarán conforme al formulario que figura como Anexo I de la presente Resolución.

Tanto esta solicitud como el Formulario-Anexo II se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web de la propia Consejería en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/salud, y en las sedes de la Consejería de Salud y sus Delegaciones Provinciales.

Sexto. El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Orden de 27 de mayo de 2011.

Séptimo. Los requisitos que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, su abono y la justificación de gasto y destino se regirán por lo previsto en la Orden de 27 de mayo de 2011.

Octavo. El plazo máximo para la resolución y notificación de la resolución del procedimiento será de tres meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas o entidades interesadas para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Noveno. La presente Resolución tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de julio de 2011.- La Secretaria General, Josefa Ruiz Fernández.

Descargar PDF