Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 19/07/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 5 de julio de 2011, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

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El Decreto 93/2011, de 19 de abril, por el que se modifica el Decreto 134/2010, de 13 de abril, establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Por otra parte, el Decreto 92/2011, de 19 de abril, aprueba los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, creada por la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía como agencia pública empresarial.

La disposición adicional cuarta de la citada Ley 1/2011, de 17 de febrero, establece que en los casos en que, como consecuencia de la reordenación del sector público andaluz, se produzca la supresión de centros directivos de Consejerías o la extinción de entidades instrumentales, la integración del personal en las agencias públicas empresariales o de régimen especial que asuman el objeto y los fines de aquellas, se realizará de acuerdo con un protocolo que se adoptará por la Consejería competente en materia de Administración Pública.

La Resolución de 20 de abril de 2011, de la Secretaría General para la Administración Pública, aprueba el Protocolo de Integración de Personal en la Agencia Andaluza del Conocimiento, estableciendo en su regla primera que la asignación de la dependencia funcional de los puestos de trabajo a la Agencia, con mantenimiento de la dependencia orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia como consecuencia de la asignación por sus Estatutos de competencias y funciones a la Agencia, se articulará mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo, adoptada mediante Orden de la Consejería competente en materia de Administración Pública.

La adscripción funcional a la Agencia de este personal se producirá mediante la configuración en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de las unidades administrativas precisas, como establece la disposición adicional tercera del Decreto 92/2011, de 19 de abril, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 69.3 y 14.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

De este modo, la presente Orden, adecúa la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, asignando la dependencia funcional de la Agencia Andaluza del Conocimiento de aquellos puestos de trabajo que se encuentran vinculados al ejercicio de las competencias y funciones asignadas por sus Estatutos a la Agencia.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la presente modificación de relación de puestos de trabajo con la Comisión del Convenio.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 10.1.n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aprobación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, adscribiéndose funcionalmente a la Agencia Andaluza del Conocimiento los puestos de trabajo que figuran en el Anexo a esta Orden. Asimismo, se adscriben funcionalmente a la citada Agencia los puestos de trabajo de personal funcionario dependientes de la Agencia Andaluza de Evaluación, Calidad y Acreditación Universitaria.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de julio de 2011

CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO

Consejera de Hacienda y Administración Pública

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