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El artículo 5.2 del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en la redacción dada por el Decreto 98/2002, de 5 de marzo, establece que en caso de ausencia o enfermedad del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, este designará como suplente a uno de los Delegados Provinciales de las Consejerías en la provincia.
Estando previstas las vacaciones reglamentarias de la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería para el período comprendido entre el uno y el quince de agosto de 2011 (ambos inclusive) y conforme a lo previsto en el precepto anteriormente citado,
RESUELVO
Durante el período comprendido entre el 1 y el 7 de agosto de 2011, ejercerá las competencias correspondientes al cargo de Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, en calidad de suplente, el Delegado Provincial de la Consejería de Salud en Almería, y durante el período comprendido entre el 8 y el 15 de agosto, la Delegada Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería.
Almería, 6 de julio de 2011.- La Delegada del Gobierno, María Isabel Requena Yáñez
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