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NIG: 4109142C20080011717.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 382/2008.
Negociado: IB.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Sahara Cuatro por Cuatro, S.L.
Procurador: Sr. José Luis Arredondo Prieto.
Contra: Don Alberto Pérez García, don Antonio Marín Galán y Factor Barro 4X4, S.C.P.
Procurador: Sr. Andrés Francisco Casal Pequeño.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 382/2008, seguido a instancias de Sahara Cuatro por Cuatro S.L., frente a Factor Barro 4X4, S.C.P., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal en su parte dispositiva, es el siguiente:
Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el Procurador sr. Arredondo Prieto, en nombre y representación de la entidad Sahara 4x4, S.L, contra la entidad Factor Barro 4x4, S.C.P., don Alberto Pérez García y don Antonio Marín Galán, condeno a la entidad Factor Barro 4x4, S.C.P., a abonar a la actora un total de 8.007,57 euros, con la responsabilidad subsidiaria y mancomunada al 50% de dicha suma, con cargo a don Alberto Pérez García y don Antonio Marín Galán, devengando la expresada cantidad el interés legal desde la fecha del emplazamiento, y todo ello con expresa condena solidaria a los demandados en las costas procesales causadas.
Habiéndose seguido las actuaciones respecto del codemandado Factor Barro 4X4, S.C.P., por edictos, para la notificación de esta sentencia a la misma se publicará el correspondiente edicto en el BOJA, librándose el correspondiente despacho por conducto de la actora, fijándose asimismo en el tablón de este Juzgado.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso, previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4053000004038208, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dicho demandado, Factor Barro 4X4, S.C.P., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Sevilla, a veintisiete de junio de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
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