Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 08/08/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 5 de julio de 2011, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro docente privado de educación especial «Luis Pastor», de Motril (Granada).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Jorge Barbero Barbero, representante de «Asociación a favor de las Personas con Discapacidad Intelectual de Motril y la Costa Granadina (Aprosmo)», entidad titular del centro docente privado de educación especial «Luis Pastor», en solicitud de ampliación del mencionado centro en 4 unidades de educación básica especial.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia.

Resultando que el citado centro, con código 18009353, tiene autorización administrativa para 11 unidades de educación básica especial con 75 puestos escolares y para 3 unidades de programas de formación para la transición a la vida adulta con 21 puestos escolares, por Orden de 18 de abril de 2000 (BOJA de 23 de mayo).

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); la Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de educación especial (BOE de 6 de abril); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la ampliación de la autorización administrativa de funcionamiento para 4 unidades de educación básica especial con 44 puestos escolares, al centro docente privado de educación especial «Luis Pastor», quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación especial.

Denominación específica: Luis Pastor.

Código de centro: 18009353.

Domicilio: Ctra. Puntalón, Cortijo del Conde, s/n.

Localidad: Motril.

Municipio: Motril.

Provincia: Granada.

Titular: Asociación a favor de las Personas con Discapacidad Intelectual de Motril y la Costa Granadina (Aprosmo).

Composición resultante: 15 unidades de educación básica especial para 119 puestos escolares y 3 unidades de programas de formación para la transición a la vida adulta con 21 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Granada la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 5 de julio de 2011

Francisco José Álvarez de la Chica

Consejero de Educación

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