Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 22/08/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de junio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1006/2010. (PP. 2849/2011).

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NIG: 2906742C20100019481.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1006/2010. Negociado: 06.

De: María Pilar García Beades.

Procuradora: Sra. María del Carmen López Gallardo.

Contra: Torny Kennet Tommy Zehlin.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1006/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de María Pilar García Beades contra Torny Kennet Tommy Zehlin sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NúM. 164/2011

En Málaga, a nueve de junio de dos mil once.

Vistos por mi, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 1006/2010, y seguido entre partes de una y como demandante doña María del Pilar García Beades, con domicilio en Cártama (Málaga), calle Lope de Vega, número 24, ap. 15, provista del DNI núm. 06.514.696-S, representada por la Procuradora doña María del Carmen López Gallardo y asistida por el Letrado don Rafael B. Jordán Gómez, y de otra y como demandado don Torny-Kennet-Tommy Zehlin, provisto del NIE núm. X-2572614-H, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María del Carmen López Gallardo, en nombre y representación de doña María del Pilar García Beades, contra don Torny Kennet Tommy Zehlin, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que satisfaga a la parte actora la suma de treinta y nueve mil sesicientos setenta y un euros y veintitrés céntimos (39.671,23 euros), más los intereses de la misma, computados desde la interpelación judicial hasta el completo pago de aquélla, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Todo ello sin expresa condena de ninguna de las partes al pago de las costas procesales causadas.

Llévese testimonio de la presente Resolución a los autos de su razón, quedando el original en el Libro de los de su clase.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4156, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Notífíquese la presente Resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por la Sra. Juez que la dicta, el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sala de su Juzgado; doy fe. Ante mí.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Torny Kennet Tommy Zehlin, extiendo y firmo la presente en Málaga a nueve de junio de dos mil once.- El/La Secretario.

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