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NIG: 2906742C20090042979.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1893/2009.
Negociado: 3T.
Sobre: Tráfico reclamación cantidad.
De: Consorcio de Compensación de Seguros.
Contra: Abdul Hassan y Axa.
Procurador: Sra. Claudia González Escobar.
EDicto
CéDuLA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1893/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, a instancia de Consorcio de Compensación de Seguros contra Abdul Hassan y Axa sobre tráfico, reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
sentencia núm. 164/10
En Málaga, a 17 de septiembre de 2010.
Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el núm. 1893/2009, a instancia de el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Abogado del Estado, contra la Entidad Aseguradora Axa, representada por la Procuradora Sra. González Escobar y asistida del Letrado Sr. Martín Olmedo, y contra don Abdul Hassan.
fallo
Que estimando la demanda interpuesta por la representación de la parte actora, debo condenar y condeno solidariamente a don Abdul Hassan y a la entidad Axa Seguros Generales, S.A., a que abonen al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 5.017,42 euros en concepto de principal, así como lo intereses de dicha cantidad, que serán para la entidad aseguradora los intereses legales incrementados en un 25% desde el día 12.8.2008. Respecto a las costas, procede condenar a su pago a los demandados.
Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días. Se advierte expresamente que al preparar el citado recurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ mediante la consignación de dicho importe en la cuenta correspondiente a este procedimiento de Depósitos y Consignaciones, abierta en la entidad Banesto, a nombre del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.- E/.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Abdul Hassan, extiendo y firmo la presente en Málaga, a doce de enero de dos mil once.- El/La Secretario.
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