Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 31/08/2011

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Consejería de Empleo

Resolución de 10 de agosto de 2011, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se acuerda la distribución de transferencias a los Ayuntamientos de la provincia, con cargo al Fondo Autonómico de Inmigración.

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La Orden de 20 de julio de 2011, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los ayuntamientos andaluces, publicada en el BOJA núm. 150, de 2 de agosto de 2011, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a esta Delegación Provincial de Empleo realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede, evaluado el expediente, y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Distribuir la cantidad de ciento ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y dos euros (188.662,00 €), correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de Inmigración a los ayuntamientos de la provincia de Granada, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 20 de julio de 2011, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.14.00.02.18.461.02.31J.4, el gasto correspondiente a las transferencias, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a esta Delegación Provincial de Empleo en Granada y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. El Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de la líneas de actuación que los Planes Integrales contemplan para la Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

ANEXO
FONDO AUTONÓMICO DE INMIGRACIÓN 2011
Ayuntamiento Importe
Albuñol 9.421,00
Alhama de Granada 7.368,00
Almuñécar 10.059,00
Arenas del Rey 6.786,00
Armilla 10.274,00
Baza 10.108,00
Benalúa de las Villas 6.653,00
Cenes de la Vega 9.590,00
Churriana de la Vega 6.789,00
Fuente Vaqueros 6.456,00
Gabias (Las) 8.657,00
Granada 13.320,00
Guadix 7.484,00
Gualchos 8.195,00
Huetor Tájar 8.588,00
Loja 8.708,00
Maracena 8.550,00
Motril 12.594,00
Polopos 7.402,00
Salobreña 6.984,00
Santa Fe 7.805,00
Zafarraya 6.871,00
TOTAL 188.662,00

Granada, 10 de agosto de 2011.- La Delegada, P.S.R. (Dto. 136/2010), la Secretaria General, Inmaculada Puertas Tejero.

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