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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 42/02, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica resolución del cese del acogimiento residencial y constitución del acogimiento familiar temporal en familia extensa, del expediente núm. (DPHU)352-2010-00005764-1, relativo al menor J.A.B.M., a la madre del mismo doña M.ª del Rosario Bartomeu Martín, por el que se acuerda:
1. Mantener la situación de desamparo y tutela asumida sobre el menor J.A.B.M.
2. Constituir el acogimiento familiar temporal del menor que será ejercido por la persona titular de la Dirección del centro de menores «Talita Qumi» de Zalamea la Real.
Contra la presente Resolución se podrá formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva por los trámites que establecen los arts. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Huelva, 18 de agosto de 2011.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Miguel Calero Bermejo.
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