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Intentada sin efecto la notificación a la empresa Industrias Gama, S.L., en el expediente de contratación H080919SU23JA, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución dictada por la Delegación Provincial de Cultura de Jaén, por la que aprueba definitivamente la liquidación de las cantidades adeudadas por el contratista como consecuencia de la resolución del contrato de suministro suscrito con esta Delegación Provincial.
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, sita en la calle Martínez Montañés, 8, 5.ª planta, de Jaén capital, pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad y representación
TEXTO COMPLETO DE LA LIQUIDACIÓN
Acordada la resolución del contrato administrativo de suministro del expediente de referencia, por incumplimiento del contratista, conforme a la resolución adoptada por la Consejería de Cultura el 19 de mayo de 2010, notificada a la empresa contratista Industrias Gama S.L., con fecha 26.5.2010, y al Banco Popular Español, como avalista de la garantía prestada en dicho contrato, con fecha 25.5.2010.
Considerando que en la citada resolución se dispone, además de la incautación de la garantía prestada, la reclamación de las penalidades impuestas por importe de 3.552,82 euros, así como de lo daños y perjuicios causados a esta Administración por importe de 35.528,44 euros.
Transcurridos los plazos para la interposición de los recursos previstos por la normativa de aplicación, sin que se haya recibido escrito alguno por parte de los interesados, esta Delegación Provincial, en uso de sus competencias,
RESUELVE
Aprobar definitivamente la liquidación de las cantidades adeudadas por el contratista a esta Administración que se especifican:
1. 3.552,82 euros, por las penalidades impuestas como consecuencia del retraso en la ejecución del contrato, según la normativa en vigor.
2. 35.528,44 euros, por los daños y perjuicios causados a esta Administración.
Estos importes podrán hacerse efectivos en cualquier Entidad Bancaria colaboradora, en la cuenta de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, cuenta restringida de la Delegación Provincial de Jaén, para la Recaudación de Tributos, para lo que le adjuntamos el correspondiente modelo 046. Bajo ningún concepto se admitirá el abono en Papel de Pagos al Estado, ni por giro postal.
Dicho pago deberá efectuarse en el plazo establecido en el art. 21 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía 5/83, de 19 de julio. En este sentido, las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración deberán pagarse:
a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Se le apercibe de que, en caso de no abonarla dentro de dicho período, se procederá a su exacción por la vía de apremio, conforme a lo dispuesto en el artículo 161.1.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Contra esta liquidación podrá interponer recurso de reposición ante esta Delegación Provincial, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al del recibo de esta notificación, de conformidad con lo establecido en el art. 223.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que reglamenta el recurso de reposición previo al económicoadministrativo. Este recurso es potestativo, pudiendo interponer directamente reclamación económico-administrativa ante la Excma. Sra. Consejera de Hacienda y Administración Pública, ante la Junta Superior de Hacienda o ante la Junta Provincial de Hacienda de la Comunidad Autónoma, según proceda, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de esta notificación, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 175/1987, de 14 de julio (BOJA núm. 75, de 4 de septiembre). Si interpone recurso de reposición no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta que aquél no haya sido resuelto expresa o presuntamente.
Asimismo, en caso de realizar el ingreso, deberá enviar una copia sellada por la entidad bancaria del correspondiente resguardo a esta Delegación Provincial, con el fin de dar por saldada su deuda.
Jaén, 14 de junio de 2011.- La Delegada, Mercedes Valenzuela Generoso.
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