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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconocen los actuales domicilios de los siguientes expedientados:
- M.ª Carmen Estrada Cánovas, DNI 31865288-F, expediente DAD-CA-2010-0074, cuyo último domicilio conocido estuvo en Jerez de la Fra. (Cádiz).
- Guillermo Bernal Álvarez, DNI 31652103-D, expediente DAD-CA-2010-0072, cuyo último domicilio conocido estuvo en Jerez de la Fra. (Cádiz).
Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de desahucio administrativo contra los arriba relacionados y en relación a las viviendas igualmente relacionadas de nuestra titularidad se ha dictado:
- Resolución de 18 de enero de 2011, del Gerente Provincial de Cádiz de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se considera probadas las causas de desahucio imputadas. Apartado 2, letras a) y c), del art 15 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, y, en su virtud, «No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa». Se acuerda la resolución contractual y el desahucio sobre la vivienda antes descrita. M.ª Carmen Estrada Cánovas, expediente DAD-CA-2010-0074.
- Resolución de 18 de enero de 2011, del Gerente Provincial de Cádiz de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se considera probada la causa de desahucio imputada. Apartado 2, letra f), de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, y, en su virtud, «ocupar una vivienda o sus zonas comunes, locales o edificación complementaria sin título legal para ello». Se acuerda el desahucio sobre la vivienda antes descrita. Guillermo Bernal Álvarez, expediente DAD-CA-2010-0072.
Igualmente, y para cumplir con los requisitos exigidos por la Jurisprudencia Contencioso-Administrativo, se acompaña requerimiento específico para que manifieste su consentimiento a la entrada en domicilio; igualmente, se acompaña documento notificador donde puede el afectado manifestar dicho consentimiento en un sentido u otro:
- Requerimiento específico de entrada en domicilio realizado en fecha 18.5.2011, expediente DAD-CA-2010-0072, relativo a doña M.ª del Carmen Estrada Cánovas, con DNI 31865288-F, referido a la vivienda Grupo CA-0930, Cuenta 177, sita en Teresa de Jesús, 6, 2.º D, en la localidad de Jerez de la Frontera (Cádiz).
- Requerimiento específico de entrada en domicilio realizado en fecha 18.5.2011, expediente DAD-CA-2010-0072, relativo a don Guillermo Bernal Álvarez, con DNI 31652103-D, referido a la vivienda Grupo CA-0930, Cuenta 177, sita en Teresa de Jesús, 6, 2.º D, en la localidad de Jerez de la Frontera (Cádiz).
En las respectivas resoluciones se le otorga el plazo improrrogable de un mes para el cumplimento voluntario de la misma, con objeto de que se entreguen las llaves y dejen libres y expeditas las viviendas referidas a cada uno de ellos. En caso contrario, se acuerda la ejecución subsidiaria y se le apercibe de ejecución forzosa, por lo que EPSA, transcurrido ese plazo desde la publicación de este anuncio y siendo firme y consentido el acto administrativo, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en la vivienda.
La Resolución y el resto de documentos aquí señalados se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en Avda. de Andalucía, 24, local, 11008, Cádiz, así como la totalidad del expediente administrativo.
Esta Resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme a los arts. 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Cádiz, 8 de agosto de 2011.- El Director de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, por delegación (Resolución de 7.5.2009), el Gerente Provincial, Rafael Márquez Berral.
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