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Examinadas y resueltas las solicitudes de incentivos a proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación presentadas al amparo de la Orden de 11 de diciembre de 2007 (Convocatoria 2010. Modalidad: Proyectos motrices y de innovación), esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología
R E S U E L V E
Primero. Hacer público un extracto de la Resolución de 5 de julio de 2011, por la que se conceden incentivos a proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación de las universidades y organismos de investigación de Andalucia (modalidad proyectos motrices y de innovación), conforme a lo establecido en el artículo 25.6 de la Orden de 11 de diciembre de 2007.
Segundo. El contenido íntegro de la resolución de concesión se encuentra publicado en el sitio web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, sustituyendo esta publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.
Tercero. El plazo para la interposición de los recursos procedentes comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
A N E X O
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA POR LA QUE SE CONCEDEN INCENTIVOS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE EXCELENCIA DE LAS UNIVERSIDADES Y ORGANISMOS DE INVESTIGACIÓN DE ANDALUCÍA (MODALIDAD: PROYECTOS MOTRICES Y DE INNOVACIÓN. CONVOCATORIA 2010)
Por Orden de 11 de diciembre de 2007 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013 (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2008). El artículo 10.1.1.º de la citada Orden establece entre las distintas categorías de incentivos los destinados a los proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación de las universidades y organismos de investigación de Andalucía.
El artículo 30 establece que podrán ser beneficiarios de estos incentivos las entidades calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento. El artículo 15 establece que el procedimiento de concesión se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.
El procedimiento de evaluación y selección se ha realizado por los órganos de valoración contemplados en los artículos 20 al 22 de la citada Orden y según los criterios establecidos en los mismos. De acuerdo con lo anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Orden de bases reguladoras, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología
RESUELVE
Primero. Conceder a las Universidades y organismos de investigación de Andalucía los siguientes incentivos para los proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación relacionados en Anexo I de la resolución de concesión, de acuerdo con lo siguiente:
Organismo |
Presupuesto Aceptado |
Importe Concedido (€) |
% |
CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS | 1.829.688,93 | 1.516.455,93 | 82,88 |
FUNDACIÓN CENTRO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL AGUA | 175.530,00 | 175.530,00 | 100,00 |
FUNDACION INSTITUTO MEDITERRÁNEO PARA EL AVANCE DE LA TECNOLOGÍA Y LA INVESTIGACIÓN SANITARIA | 249.747,00 | 249.747,00 | 100,00 |
FUNDACIÓN PROGRESO Y SALUD | 183.030,00 | 183.030,00 | 100,00 |
FUNDACION PUBLICA ANDALUZA PARA LA GESTION DE LA INVESTIGACION EN SALUD DE SEVILLA | 248.247,00 | 248.247,00 | 100,00 |
UNIVERSIDAD DE ALMERÍA | 679.155,25 | 679.155,25 | 100,00 |
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ | 851.468,25 | 810.868,25 | 95,23 |
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA | 860.907,50 | 860.907,50 | 100,00 |
UNIVERSIDAD DE GRANADA | 3.215.518,54 | 3.203.478,54 | 99,63 |
UNIVERSIDAD DE HUELVA | 1.198.232,00 | 1.170.719,00 | 97,70 |
UNIVERSIDAD DE JAÉN | 932.585,20 | 932.585,20 | 100,00 |
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA | 1.008.504,75 | 1.008.504,75 | 100,00 |
UNIVERSIDAD DE SEVILLA | 2.763.012,00 | 2.763.012,00 | 100,00 |
UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE | 857.611,43 | 857.611,43 | 100,00 |
Segundo. La concesión de estos incentivos es asimismo contraria a la estimación del resto de las solicitudes admitidas.
Tercero. El contenido íntegro de esta resolución se encuentra publicado en la página web de esta Consejería, sustituyendo esta publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos. Los proyectos deberán ejecutarse en el plazo indicado en Anexo I de la resolución de concesión, contado a partir del día siguiente a la publicación en la citada página web.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de septiembre de 2011.- El Secretario General, Francisco A. Trigero Ruiz.
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