Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 15/09/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 5 de septiembre de 2011, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se dispone la publicación de un extracto del contenido de la Resolución de 25 de julio de 2011, por la que se conceden incentivos a actividades de carácter científico y técnico individuales de las Universidades y Organismos de Investigación de Andalucía, para las modalidades de estancia de excelencia e invitado. Convocatoria 3/2010.

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Examinadas y resueltas las solicitudes de incentivos para la realización de actividades de carácter científico y técnico presentadas al amparo de la Orden de 11 de diciembre de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013 (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2008), esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

RESUELVE

Primero. Hacer público extracto de la Resolución de fecha 25 de julio de 2011, por la que se pone fin al procedimiento para la concesión de incentivos a actividades de carácter científico y técnico individuales de las Universidades y Organismos de Investigación y Tecnología de Andalucía, para las modalidades de estancia de excelencia e invitados, convocatoria 3/2010, extracto que se transcribe en el Anexo adjunto.

Segundo. El contenido íntegro de la mencionada Resolución se encuentra expuesto en la página web de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

ANEXO

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 25 DE JULIO DE 2011, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIÓN DE INCENTIVOS A ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO INDIVIDUALES DE LAS UNIVERSIDADES Y ORGANISMOS DE INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA DE ANDALUCÍA, PARA LAS MODALIDADES DE ESTANCIA DE EXCELENCIA E INVITADOS, CONVOCADAS POR ORDEN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2007 (CONVOCATORIA 3/2010)

1.º Por Orden de 11 de diciembre de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013.

2.º El artículo 15 establece que el procedimiento de concesión de estos incentivos se realizará en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.º Conceder los incentivos para actividades de carácter científico y técnico de las Universidades y Organismos de Investigación y Tecnología, por los importes que se indican a continuación:

ORGANISMO PRESUPUESTO
ACEPTADO
CANTIDAD
CONCEDIDA
%
FINANCIACIÓN
ESTACIÓN EXPERIMENTAL DE
ZONAS ÁRIDAS (EEZA)
(Delegación del CSIC en Andalucía)
3.194,00 3.194,00 100,00%
ESTACIÓN EXPERIMENTAL
DEL ZAIDÍN (EEZ)
(Delegación del CSIC en Andalucía)
1.952,00 1.952,00 100,00%
FUNDACIÓN INSTITUTO MEDITERRÁNEO PARA EL AVANCE DE LA TECNOLOGÍA Y LA INVESTIGACIÓN SANITARIA 3.904,00 3.904,00 100,00%
INSTITUTO DE CIENCIA DE MATERIALES DE SEVILLA (ICMSE)
(Delegación del CSIC en Andalucía)
3.194,00 3.194,00 100,00%
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES QUÍMICAS (IIQ)
(Delegación del CSIC en Andalucía)
3.194,00 3.194,00 100,00%
INSTITUTO DE RECURSOS NATURALES Y AGROBIOLOGÍA SEVILLA (IRNAS)
(Delegación del CSIC en Andalucía)
3.902,00 3.902,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE ALMERÍA 4.437,00 4.437,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ 19.659,00 19.659,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA 13.661,00 13.661,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE GRANADA 57.216,00 57.216,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE HUELVA 4.649,00 4.649,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE JAÉN 22.348,00 22.348,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 40.610,00 40.610,00 100,00%
UNIVERSIDAD DE SEVILLA 72.135,66 72.135,66 100,00%
UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE 9.536,00 9.536,00 100,00%
TOTAL 263.591,66 263.591,66

Las actividades a realizar por cada beneficiario y los incentivos concedidos son los indicados en el Anexo I, estando comprendidas las mismas en las modalidades descritas en el artículo 58 de la Orden de 11 de diciembre de 2007.

Asimismo, se hace constar que la estimación de estos incentivos implica la desestimación de las demás solicitudes presentadas. A tal efecto se incluye un Anexo II con la relación de las solicitudes desestimadas y un Anexo III con la relación de las solicitudes excluidas de procedimiento.

4.º Plazo máximo de ejecución: Las actividades subvencionadas deberán estar finalizadas en un máximo de 18 meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes en la presente convocatoria.

Sevilla, 5 de septiembre de 2011.- El Secretario General, Francisco Andrés Triguero Ruiz.

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