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A propuesta del Sr. Delegado Municipal de Hacienda y con el objeto de salvar la incompetencia municipal de la recaudación ejecutiva de los ingresos de derecho público fuera del término municipal, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por Acuerdo de Pleno celebrado el día 2 de agosto 2011 se aprueba delegar las funciones de la recaudación ejecutiva en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante adhesión al Convenio Tipo publicado en el BOE núm. 119, de 19.5.2011.
Lo que se hace público y notifica a terceros interesados, conforme a lo previsto en el artículo 8 mencionado.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes, a partir del siguiente a esta publicación.
Benalmádena, 24 de agosto de 2011.- El Alcalde Accidental.
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