Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 23/09/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 7 de septiembre de 2011, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se conceden ayudas a entidades sin fines de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar para el curso 2011-2012.

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1. Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades.

2. Visto el Decreto 167/2003, que desarrolla la Ley citada, y en el que se ordena la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales, asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, y en el que se dispone la colaboración con entidades sin ánimo de lucro en planes y programas de lucha contra el absentismo escolar.

3. Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de lucha contra el Absentismo Escolar.

4. Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar.

5. Vista la Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro en materia de absentismo escolar.

6. Vistas las Propuestas realizadas por la Comisión Evaluadora de esta Delegación.

7. Visto lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollada por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; así como otras disposiciones de obligado cumplimiento. Además se tendrá en cuenta lo recogido en el apartado 2 del artículo 4.1.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que dispone que los contratos, negocios y relaciones jurídicas se regularán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Esta Delegación Provincial de Educación en Cádiz

HA RESUELTO

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados por las entidades que a continuación se citan, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.02.11.481.00.42 F5, del ejercicio económico del año 2011.

ENTIDADES SUBVENCIÓN CONCEDIDA
CEAIN 22.000
MÁRGENES Y VÍNCULOS 17.000
FLAPA ROTA 14.975
ASIQUIPU 11.000
ALENDOY 6.100
JUVENTUDES MARIANAS 6.000
FUNDACIÓN SECRETARIADO GITANO 6.000
SAVE THE CHILDREN 6.000
AMPA MAR DE LEVANTE 4.000
AMPA MIGUEL DE CERVANTES 4.000

2.º Considerar como desestimadas las solicitudes de las siguientes entidades:

ENTIDADES LOCALIDAD
AS. EDUCADORES NTRO. BARRIO CÁDIZ
NAQUERA ROMI LA LÍNEA
COORDINADORA ABRIL SAN ROQUE
FUNDACIÓN DON BOSCO CÓRDOBA
COORDINADORA DESPIERTA LA LÍNEA
FAKALI SEVILLA
BARRIO VIVO ALGECIRAS
ACETABULARIO CÁDIZ
AMPA MAESTRÍA LA LÍNEA
ANDALUCÍA POR LA ENSE. PÚBLICA SEVILLA
MENTORING SOCIAL ALGECIRAS
ASPERGER EL PUERTO STA. MARÍA
FEGADI LA LÍNEA

3.º Considerar como inadmitida, por fuera de plazo, a la entidad «Fundación Tierra de todos» de Cádiz. Además la entidad «Coordinadora Comarcal Alternativa» de Estación de San Roque renunció a la subvención solicitada.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 7 de septiembre de 2011.- La Delegada, Blanca Alcántara Reviso.

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