Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 23/09/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 8 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictada en el recurso de casación núm. 5626/08, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 1858/06, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, Sección Primera.

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Con fecha 30 de mayo de 2011, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación núm. 5626/08, interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia de fecha 14 de julio de 2008, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, que estimó parcialmente el recurso contencioso núm. 1858/06, interpuesto por la Asociación de Defensa Sanitaria de Ganado Vacuno Leche Asaja Jaén y Agrupación de Defensa Sanitaria de Ovino Caprino de Jaén, contra la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de 29 de diciembre de 2005, por la que se regulan las condiciones para el reconocimiento y constitución de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y sus Federaciones y las ayudas a las mismas, declarando nulos por ser contrarios al derecho fundamental reconocido en el artículo 22 de la Constitución Española los artículos 6.2 y 9.1 de la citada Orden, ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«FALLAMOS

Primero. Estimamos parcialmente el presente recurso de casación número 5626/2008 interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia dictada con fecha 14 de julio de 2008 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el recurso número 1858 de 2006 en lo que concierne al pronunciamiento de la misma sobre el artículo 6.2 de la Orden de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía de fecha 29 de diciembre de 2005, reguladora de las condiciones para el reconocimiento y constitución de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y sus Federaciones. Casamos dicha sentencia en ese punto y declaramos la validez del referido artículo 6.2.

Segundo. Desestimamos el recurso de casación en lo que concierne al pronunciamiento de la sentencia de instancia sobre el artículo 9.1 de la referida Orden, al haber sido ya anulado dicho precepto con carácter firme por un fallo precedente.

Tercero. No hacemos imposición de las costas del recurso contencioso-administrativo ni de las del de casación.»

En su consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley 6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

HE RESUELTO

Cumplir en sus propios términos la citada sentencia, de acuerdo con lo ordenado por la Sala.

Sevilla, 8 de septiembre de 2011.- El Secretario General Técnico, Fernando Repiso Rubio.

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