Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Tras los intentos infructuosos de notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber transcurrido los tres años previstos en el art. 7.4 del Decreto 15/1990, de 30 de enero, se notifica, a los interesados que figuran a continuación, Acuerdo de Inicio de Procedimiento de Caducidad de Inscripción Provisional de Proyecto de 23 de junio de 2011, según lo exigido en el art. 58.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; contra este Acuerdo de Inicio de Cancelación no cabe recurso alguno por ser de mero trámite, advirtiéndole que puede, en un plazo inferior a diez días hábiles, aducir alegaciones jurídicas o de hecho. De no formular alegaciones, se tendrá la presente como Propuesta de Resolución.
Establecimiento turístico que se cita:
Establecimiento hotelero: Villaluenga.
Titular: Hoteles de Villaluenga, S.L.
Núm. de registro: H/CA/01277.
Domicilio: Albarada, s/n, 11611, Villaluenga del Rosario.
Cádiz, 8 de septiembre de 2011.- El Delegado, Manuel González Piñero.
Descargar PDF