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Visto el expediente administrativo número HO31/24JUN/11 a instancia de doña Lucía Sánchez León, con DNI: 31604729-S, de la entidad organizadora, Academia de Estética y Salón de Belleza Desiree, S.L.L., con domicilio a efecto de notificación en c/ Álvarez Quintero núm. 53, L.3, de Utrera (Sevilla), que solicita la renovación de la homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y de perforación cutánea, resultan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 24 de junio de 2010, se presentó en esta Secretaría General de Salud Pública y Participación, solicitud de renovación de homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y de perforación cutánea, para impartir en la Academia de Estética y Salón de Belleza Desiree S.L.L.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Esta Secretaría General de Salud Pública y Participación es competente para la resolución del presente procedimiento administrativo en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11.2, del Decreto 286/2002, de 26 de noviembre, por el que se regulan las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing).
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1, del Decreto 286/2002, las entidades organizadoras de los cursos de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y perforación cutánea (piercing), solicitaran, con anterioridad a su desarrollo, la homologación de los mismos a la Secretaría General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud.
Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, esta Secretaría General de Salud Pública y Participación,
RESUELVE
Conceder a la Entidad Academia de Estética y Salón de Belleza Desiree S.L.L.-Lucía Sánchez León, la renovación de la homologación del curso de formación de personal aplicador de técnicas de tatuaje y de perforación cutánea.
La presente homologación tiene una duración de dos años contados a partir de su fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Ilustrísimo Sr. Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.
Sevilla, 5 de septiembre de 2011.- La Secretaria General, Josefa Ruíz Fernández.
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