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Con fecha 20 de septiembre de 2010 se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía para colaborar en las actuaciones de fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicho Convenio se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 30 de octubre de 2010.
Advertidos errores en el Anexo contenido en la citada publicación, y una vez aprobadas las modificaciones oportunas en el seno de la Comisión de Seguimiento del Convenio, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ha resuelto publicar el texto consolidado del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía para colaborar en las actuaciones de fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se incluye como Anexo.
Sevilla, 7 de septiembre de 2011.- El Secretario General, Francisco Andrés Triguero Ruiz.
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y CIENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA COLABORAR EN LAS ACTUACIONES DE FOMENTO DE LA INNOVACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
En Sevilla, a 20 de septiembre de 2010,
REUNIDOS
De una parte doña Cristina Garmendia Mendizábal, Sra. Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte don Antonio Ávila Cano, Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 19/2010, de 22 de marzo (BOJA núm. 57, de 23 de marzo de 2010), en uso de las facultades propias de su cargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que el Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante MICINN) y la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (en adelante CEIC) desean cooperar y coordinar sus actuaciones en materia de innovación con el objetivo común de promover el avance del conocimiento, elevar el nivel de innovación de las empresas, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos e incrementar la competitividad empresarial.
Segundo. Que para la consecución de estos objetivos, ambas partes ponen en marcha actuaciones de fomento de actividades de innovación tanto desde la Administración Central, como desde la Administración de la Junta de Andalucía. Además, ambas Partes coinciden en la necesidad de potenciar la creación de las masas críticas necesarias para afrontar los desafíos que la investigación y la innovación española en general y la andaluza en particular tienen planteados; propiciar la internacionalización de sus correspondientes agentes del conocimiento en especial en el contexto del Espacio Europeo de Investigación; mejorar la transferencia tecnológica al sector empresarial y fomentar la difusión científica y tecnológica.
Tercero. Que el artículo 149.1.15 de la Constitución Española atribuye al Estado la competencia sobre el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.
Cuarto. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía promover la investigación en virtud de las competencias que en dicha materia le confiere el artículo 54 de su Estatuto de Autonomía.
Quinto. Que el artículo 6.1 la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la Administración General y los Organismos Públicos vinculados o dependientes de la misma podrán celebrar convenios de colaboración con los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias. Por otra parte, el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, dispone la exclusión de su ámbito de aplicación de los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.
Sexto. Que las Partes han venido cooperando en diferentes aspectos relacionados con la ciencia y la tecnología como lo atestiguan los Convenios firmados de mutuo acuerdo. Ambas Partes consideran de interés intensificar la coordinación e impulsar actuaciones conjuntas de cooperación de Investigación, Desarrollo e Innovación en áreas de interés común, por entender que ello contribuye al mejor cumplimiento de sus respectivos objetivos.
Séptimo. Que el MICINN y la CEIC, han analizado las acciones de innovación que responden a las necesidades de desarrollo económico de la Comunidad Autónoma y consideran que deben ser objeto de impulso aquellas con mayor capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.
Octavo. Este Convenio se propone en el marco de la Estrategia Estatal de Innovación que desarrolla la recientemente creada Secretaría General de Innovación, más en concreto en su cuarto eje, cuyo objetivo es lograr la difusión de la innovación a todo el tejido productivo, en estrecha colaboración entre Estado y las Comunidades Autónomas, superando todo conflicto competencial.
Para instrumentar ese impulso de las infraestructuras científico técnicas, tanto el MICINN, como la CEIC, muestran su conformidad en suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
CAPÍTULO UNO
OBJETO Y FINALIDAD DEL CONVENIO
Primera. Objeto del Convenio.
La finalidad del presente Convenio es fijar el marco de colaboración entre las partes para el fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El objeto del Convenio es el desarrollo del programa de actuaciones contemplado en el Anexo 1. Este programa incluye actuaciones en las siguientes áreas de actividad:
- la creación de Campus Científico-Tecnológicos vinculados a sectores productivos estratégicos,
- la consolidación de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía como agente de coordinación y apoyo transversal a los espacios tecnológicos andaluces,
- la construcción de infraestructuras en Parques Científico Tecnológicos para el apoyo a la implantación de empresas,
- el impulso y la consolidación de Centros Avanzados de Innovación y Transferencia en áreas estratégicas,
- la creación de infraestructuras tecnológicas de apoyo a la transferencia de tecnología,
- la creación de empresas de base tecnológica y el apoyo a las empresas consideradas de especial interés estratégico,
- un avance en la colaboración con otros agentes de transferencia y divulgación nacionales que operan en la Comunidad Autónoma,
- la formación y atracción de capital humano,
- el apoyo a la investigación aplicada y su transferencia hacia la empresa y
- el impulso a la creación de empresas de alto valor añadido y nacidas del conocimiento generado en las universidades y organismos públicos de investigación presentes en Andalucía.
Segunda. Obligaciones de las partes.
El MICINN se obliga a financiar la ejecución de las actividades a realizar en el marco del presente convenio en forma de crédito, de acuerdo con lo estipulado en el capítulo tres de este convenio.
La CEIC se obliga a:
a) Desarrollar todas las actividades que resulten necesarias para la ejecución del programa de actuaciones de innovación incluidas en el Anexo 1, pudiendo realizarlas por sí misma o a través de alguna de las agencias o entidades de ella dependientes. Dichos proyectos se ejecutarán en el plazo de un año desde que se reciban los libramientos correspondientes.
En todo caso, de acuerdo con el Expositivo Octavo, las actuaciones previstas se desarrollan en el cuarto eje de la Estrategia Estatal de Innovación que promueve el MICINN: financiación, compra pública innovadora, internacionalización de la innovación y personas.
b) Acreditar ante el MICINN el cumplimiento de la finalidad del crédito, la ejecución de las actividades para las que también se concede y la correcta utilización de los fondos públicos que se entregan, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las actividades ejecutadas en el año anterior.
c) Promocionar y dar a conocer las posibilidades de actuaciones coordinadas, como las correspondientes a este Convenio, en los foros más adecuados según criterio de la CEIC, al objeto de promoverlas.
CAPíTULO DOS
FUNCIONAMIENTO Y DESARROLLO DEL CONVENIO
Tercera. Comisión paritaria de Seguimiento.
1. El seguimiento del presente Convenio corresponde a una Comisión paritaria de ocho miembros, cuatro nombrados en representación del MICINN y cuatro de la CEIC.
2. Una de las personas representantes del MICINN será designada por la Delegación del Gobierno en Andalucía.
3. Una vez firmado el Convenio y en el plazo máximo de un mes desde la fecha de dicha firma, cada Parte nombrará a sus representantes y lo comunicará a la otra parte. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con la comunicación a la otra parte, previa a la celebración de la reunión.
4. Una de las personas representantes del MICINN ocupará la Presidencia de la Comisión, actuando como Secretaría una de las personas representantes de la CEIC.
5. La convocatoria ordinaria se realizará por la persona que desempeñe las funciones de la Secretaría por indicación de la Presidencia, comunicándose el Orden del Día con un mínimo de un mes de antelación a la fecha de la reunión.
6. Se considerará constituida la Comisión cuando estén presentes las dos Partes y en número igual de representantes o miembros de la Comisión, siendo una de ellas el Presidente o persona en quien delegue.
7. Los acuerdos se tomarán por unanimidad.
8. La Comisión podrá recabar excepcionalmente una opinión especializada en aquellos casos en los que sea necesario por la naturaleza del tema. Esta opinión no será vinculante.
9. Esta Comisión tendrá como funciones:
a) Efectuar el seguimiento de las actuaciones y actividades realizadas y en curso para comprobar que progresan adecuadamente, se mantienen en los límites establecidos y se alcanzan los objetivos programados en el presente Convenio.
b) Resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e interpretación de sus cláusulas, siempre dentro de la legalidad vigente, y cualquiera otra que se derive de la ejecución del Convenio y en el espíritu de éste.
c) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos. Corresponde a la CEIC garantizar la disponibilidad de la información.
d) En caso de que se hayan producido retrasos en la ejecución de las actuaciones, la Comisión de Seguimiento, previa recepción y análisis de la Memoria justificativa de las causas de dichos retrasos y la propuesta de nuevo calendario de actuaciones, podrá proponer al MICINN la nueva fecha de finalización.
10. En lo no contemplado por esta cláusula, sobre el funcionamiento y actuaciones de la Comisión, se estará a lo dispuesto por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común sobre órganos colegiados.
Cuarta. Justificación del crédito y Memoria Anual.
La CEIC se obliga a presentar la justificación de las actuaciones realizadas con cargo a la financiación recibida, dentro de los seis primeros meses de cada año natural respecto de las realizadas en el año anterior según lo previsto en la cláusula segunda. Dicha justificación se entregará en el MICINN.
Se acompañará la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva de las actividades realizadas.
- Memoria económica de los gastos efectuados.
- Relación detallada de los documentos justificativos de cada gasto y del pago correspondiente, indicando su lugar de custodia.
Adicionalmente, la CEIC presentará ante la Comisión de Seguimiento una memoria anual sobre la evolución de las actividades contempladas en el convenio hasta que finalice el periodo previsto para su ejecución. Salvo que haya circunstancias objetivas que lo impidan, la Memoria se presentará antes del 1 de julio de cada año, de manera que se pueda reunir la Comisión con tiempo útil para proceder al examen de la misma.
Una vez recibida la memoria anual indicada y comprobada su adecuación al cumplimiento de los fines del convenio por la Comisión de Seguimiento, ésta emitirá informe favorable al MICINN para el libramiento de la siguiente anualidad sin perjuicio de las actuaciones de verificación sobre la documentación justificativa que correspondan al MICINN como órgano concedente.
La CEIC, y las entidades mediante las que se pudieran ejecutar las acciones, deberán someterse, en relación con este Convenio, a las actuaciones de comprobación y de control financiero que corresponden al órgano concedente del crédito, a la Intervención General de la Administración del Estado, y a las previstas en la legislación aplicable del Tribunal de Cuentas, al que facilitarán cuanta información sea requerida al efecto.
CAPÍTULO TRES
FINANCIACIÓN NACIONAL DE LAS ACTIVIDADES SUJETAS AL CONVENIO
Quinta. El MICINN financiará las actividades sujetas a este Convenio con un crédito de 200 millones de euros que serán desembolsados con el siguiente calendario:
Millones de euros | |
Año 2010 | 115 |
Año 2011 | 55 |
Año 2012 | 30 |
Total | 200 |
El crédito tendrá un tipo de interés del 1,232% (Euríbor según Resolución de 1 de febrero de 2010 del Banco de España), un periodo de carencia de 5 años desde el año siguiente al de concesión del crédito y un periodo de reembolso de 10 años.
Sexta. Transferencia de los créditos del MICINN.
La transferencia de fondos se realizará con cargo al concepto presupuestario 21.07.467C.821.15 de los Presupuestos Generales del Estado para 2010.
Esta aportación no podrá suponer una disminución de la dotación para innovación que tenga previsto realizar la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El primer libramiento del importe del crédito se realizará a la firma del convenio. Los siguientes libramientos se efectuarán dentro del mes siguiente a la celebración de la Comisión de Seguimiento en la que se haya aprobado la memoria anual de actividades presentadas, en los ejercicios señalados en la cláusula anterior mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Comunidad Autónoma de Andalucía núm. 9000 0057 60 0350050017.
Séptima. Reembolso de los créditos.
La CEIC se obliga a reembolsar el crédito al Tesoro Público, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre (BOE de 31 de diciembre), por la que se regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos encuadradas en las mismas, modificada por la Orden EHA/3967/2007, de 26 diciembre (BOE de 8 de enero de 2008), o a la normativa que la pueda sustituir, en el concepto «Ingresos no tributarios. Ejercicios cerrados operaciones financieras», y con una referencia al MICINN y a este convenio.
El pago de la devolución del crédito y sus intereses se realizará según el cuadro de amortización que se adjunta como Anexo 2, siendo la fecha de pago para realizarlos el mes de enero del año indicado en el mismo.
Octava. Reintegro de los créditos con intereses de demora.
1. El incumplimiento del reintegro del crédito dará lugar a los correspondientes intereses de demora.
2. Se producirá la devolución anticipada del crédito, junto con los intereses de demora, calculados desde la entrega de los fondos hasta su completa devolución en los siguientes casos:
- Cuando la financiación se aplique a finalidades y actuaciones distintas de las previstas en este Convenio y en su Anexo 1.
- Cuando no se ejecute lo previsto en el Convenio por causas no justificadas, habiendo finalizado el periodo de su ejecución y en su caso, las eventuales prórrogas que fuesen aplicables.
CAPÍTULO CUATRO
CLÁUSULAS FINALES
Novena. Vigencia y resolución.
1. El presente Convenio entrará en vigor a su firma por ambas Partes y su vigencia se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, mientras subsistan obligaciones de las partes y, en todo caso, hasta el reembolso total del crédito.
2. Podrá resolverse este Convenio antes del plazo previsto por mutuo acuerdo de las Partes o por incumplimiento del propio convenio. Las Partes deberán acordar, en caso de resolución, sus efectos sobre las actividades en curso, la devolución de las cantidades no ejecutadas y el devengo de intereses.
Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
1. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y en lo no dispuesto en el mismo, se estará a lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Conforme a lo dispuesto en el artículo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, queda excluido del ámbito de aplicación de dicha Ley, sin perjuicio de la aplicación de sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran plantearse, tal como se establece en el artículo 4.2 de la citada Ley. Y se realiza al amparo de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo de las Partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o en los juzgados y tribunales del orden civil según la naturaleza de la cuestión litigiosa.
Undécima. Publicidad del Convenio.
1. Se deberá hacer constar por la CEIC la colaboración del MICINN, en todas las actividades editoriales, informativas o promocionales en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio.
2. Una vez al año tendrá lugar una rueda de prensa en la que los máximos responsables de cada una de las partes dará cuenta del desarrollo de este Convenio.
3. El presente Convenio será publicado en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Y en prueba de conformidad, ambas Partes firman el presente Convenio en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
ANEXO I
Memoria con el Programa de Actuaciones de Innovación de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Consolidación y fortalecimiento estratégico del Sistema del Conocimiento de Andalucía
1. Antecedentes.
El año 2007 supuso un punto de inflexión en la trayectoria andaluza en materia de ciencia y conocimiento. Son varios los condicionantes que influencian esta evolución:
La aprobación del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo), en el que se reconoce la competencia autonómica en materia de investigación, desarrollo e innovación, sin prejuicio de las facultades de fomento y coordinación general reservadas al Estado.
La aprobación de la Ley 15/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento como instrumento legislativo de planificación estratégica del nuevo modelo socioeconómico basado en el conocimiento.
La definición y puesta en marcha del Plan Andaluz de I+D+i (PAIDI) 2007-2013, como marco de programación, fomento y evaluación de las políticas de I+D+i
La regulación del funcionamiento del Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento mediante el Decreto 254/2009, de 26 de mayo.
El Acuerdo de 10 de julio de 2007 de Consejo de Gobierno por el que se aprueba el nuevo Modelo de Financiación de las Universidades Públicas de Andalucía para el período 2007-2011.
En el artículo 27 de la citada Ley de la Ciencia y el Conocimiento se prevé, además, la creación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, cuya puesta en funcionamiento supondrá un importante impulso a la investigación y la transferencia de conocimiento en la Comunidad Autónoma.
En la actualidad, el mapa de agentes del conocimiento está implantado con la creación de los 11 parques científico tecnológicos, los 25 centros tecnológicos y centros tecnológicos avanzados, la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA), la Corporación Tecnológica de Andalucía (CTA) y otros que consolidan una importante red de transferencia de conocimiento e innovación al servicio de las empresas.
La actividad de apoyo a la innovación, iniciada en el Plan Económico de Andalucía 1984-1986 ha tenido una continuidad durante estos veinticinco años en un importante incremento del gasto en innovación (Andalucía se posiciona en el puesto cuarto, a nivel nacional) y del número de empresas innovadoras (tercer puesto nacional).
El 1 de octubre de 2009 se presenta en el Congreso de los Diputados la Estrategia Estatal de Innovación E2I como programa de impulso a la innovación empresarial, según cinco ejes de acción, necesario para cambiar la tendencia económica actual, en el que se marcan los siguientes objetivos de mejora para el 2015:
Posicionar a España en el 6.º puesto por PIB,
En el 9.º puesto de producción científica y
En el 9.º puesto en innovación mundial (1,9% inversión en I+D sobre el PIB e incorporación de 40.000 empresas a actividades de innovación).
En este sentido ambas estrategias confluyen de manera evidente en el eje cuarto de integración territorial de esta E2I, en el que se definen concretamente los llamados espacios de gestión compartida que suponen una cuota de participación de 6.000 millones de euros y que tienen un impacto directo sobre 40.000 empresas.
La propuesta que a continuación se describe gira en torno a ambas estrategias y, concretamente, a este punto de interacción como son estos espacios de gestión compartida.
2. Breve descripción y objetivos.
Andalucía se encuentra en un momento de especial importancia debido a la coyuntura económica actual, que sugiere la necesidad de acelerar el cambio de modelo productivo. Un modelo productivo basado en la innovación, la tecnología, la ciencia y el conocimiento que permita a las empresas generar una actividad de valor añadido, garantizando su estabilidad y competitividad.
Y ello, basándose en cuestiones estratégicas en las que se encuentran oportunidades de mejora como:
La internacionalización del sistema andaluz del conocimiento y de las empresas e instituciones vinculadas al mismo.
El desarrollo del capital humano, y la captación de capital humano especializado (tecnólogos) para su incorporación a los agentes andaluces del conocimiento y las empresas, y la atracción de investigadores de relevancia internacional.
La mejora en la coordinación de las instituciones.
La incorporación de infraestructura complementaria que cubra los huecos del sistema vinculados especialmente con las empresas innovadoras de menor tamaño.
En este contexto la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía apuesta por el fortalecimiento de los entornos de generación de conocimiento y de transferencia de tecnología, con las siguientes acciones:
el concepto de Campus Científico Tecnológico vinculado a sectores productivos y territorios,
la consolidación de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía como agente de coordinación de los agentes del conocimiento andaluces,
la construcción de infraestructuras en Parques Científico Tecnológicos para el apoyo a la implantación de empresas,
el impulso y la consolidación de Centros Avanzados de Innovación y Tecnología en áreas estratégicas y fomento de centros de fomento y formación avanzada para la innovación,
la creación de infraestructuras tecnológicas de apoyo a la transferencia de tecnología,
un avance en la colaboración con otros agentes de transferencia y divulgación nacionales que operan en la Comunidad Autónoma andaluza,
la creación de empresas de base tecnológica y el apoyo a las empresas consideradas de especial interés estratégico,
la formación y atracción de capital humano,
el apoyo a la investigación aplicada y su transferencia hacia la empresa y
el impulso a la creación de empresas de alto valor añadido y nacidas del conocimiento generado en las universidades y organismos públicos de investigación presentes en Andalucía.
Se resume a continuación la visión de un proyecto que tiene como finalidades:
la consolidación del modelo de economía basada en el conocimiento impulsado por el gobierno autonómico, y
la articulación definitiva de un sistema de innovación y conocimiento vinculado al tejido productivo andaluz.
En este contexto la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía apuesta por el fortalecimiento de los entornos de generación de conocimiento y de transferencia de tecnología, con una serie de programas y actuaciones concretas que se describen a continuación.
Se apuesta asimismo por el apoyo a las empresas de base tecnológica, tanto su creación como el apoyo a aquellas que demuestren capacidad de implantar ventajas competitivas que tengan como origen una innovación.
Y por último, se cuenta con las personas como la pieza clave de un sistema basado en el conocimiento y la innovación.
3. Consolidación de la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía como agente de coordinación y apoyo a los espacios tecnológicos andaluces.
Entre los objetivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia se incluye el adecuar el esfuerzo investigador en la Comunidad Autónoma de Andalucía a la demanda real del tejido empresarial. Una efectiva transferencia de los resultados de la investigación, tanto a nivel nacional como internacional, así como la participación de las empresas y centros tecnológicos andaluces en los programas de I+D+i, se consigue mediante la coordinación de las entidades de aplicación y transferencia del conocimiento y la tecnología.
La Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía es un instrumento estratégico de innovación creado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en 2005, cuyo objetivo fundamental es ordenar el entonces incipiente sistema de innovación andaluz a través de sus espacios tecnológicos (Parques Científicos y Tecnológicos) y las entidades de transferencia y aplicación del conocimiento (Centros Tecnológicos, Centros Europeos de Empresa e Innovación, principalmente) pues especialmente los Parques Científico Tecnológicos son considerados la cabecera de las infraestructuras científico tecnológicas en cada provincia, hasta tal punto que se entiende que pueden formar parte de un Parque las infraestructuras científico tecnológicas situadas en la misma provincia y dependientes o pertenecientes a entidades o empresas ubicadas en el Parque. De esta manera se recoge en el Reglamento por el que se determina la clasificación y se regula el procedimiento para la acreditación y el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, aprobado por Decreto 254/2009, de 26 de mayo (artículo 18.2).
En estos años de actuación RETA ha realizado un intenso trabajo de coordinación con sus asociados, con excelentes resultados en la concesión de ayudas nacionales para la I+D+i, pues ha coordinado la captación de fondos nacionales para parques tecnológicos por valor de 504,6 millones de euros en Andalucía, lo que supone el 26,67% del total nacional. Cuando se creó RETA este porcentaje apenas llegaba al 4%.
Por otra parte, RETA desarrolla un intenso trabajo con las empresas andaluzas y ha adquirido un importante conocimiento del tejido productivo regional. A partir del año 2010 RETA se ha concentrado en las empresas innovadoras de Andalucía, habiendo identificado unas 13.000, que están vinculadas a parques tecnológicos, centros tecnológicos y CEEIs, sobre las que pretenden concentrarse los esfuerzos bien directamente, bien a través de sus asociados, con el objetivo de consolidar el trabajo en red de los principales agentes del sistema andaluz del conocimiento, reforzando así su papel vertebrador del sistema andaluz de innovación.
La Junta de Andalucía apuesta por esta Red a través de un programa de impulso a la misma, cuyas actuaciones son objeto de financiación en el marco de este Convenio.
4. Programa de creación de Campus Científico Tecnológicos vinculados a los sectores productivos estratégicos.
El programa de creación de Campus Científico Tecnológicos trata de generar entornos de especialización y desarrollo en el territorio andaluz basados en actividades productivas existentes.
En este sentido, el Campus Científico Tecnológico se define como un conjunto de infraestructuras y servicios cuya misión es responder a las necesidades, científico tecnológicas del tejido empresarial, sin exclusión de los demás sectores emergentes del entorno, a través de la generación y transferencia del conocimiento generado por agentes implicados dentro del mismo.
Se concibe además la creación de una estructura única que coordine la formación profesional, la formación ocupacional, la educación superior, los centros de I+D+i (de cualquier naturaleza), la investigación, la transferencia, los centros tecnológicos y las empresas del sector.
Para desarrollar este proyecto, la propuesta pretende dar respuesta a los siguientes elementos:
a) Infraestructuras específicas para actividades formativas, investigación e innovación coordinadas para la formación profesional, formación continua, formación ocupacional, grados y postgrados.
b) Infraestructuras para servicios a empresas.
c) Infraestructuras específicas para innovación.
d) Servicios comunes.
e) Otros como accesibilidad, sostenibilidad energética y medioambiental, etc.
Las líneas de actuación previstas se concretan en:
a) Desarrollo y ordenación de las capacidades formativas en los sectores ya consolidados y en los emergentes.
b) Desarrollo de módulos de formación profesional y de formación profesional ocupacional vinculados a la demanda de las necesidades industriales y empresariales de la comarca y sus potenciales desarrollos, complementando el centro de Formación Profesional Ocupacional de la zona.
c) Potenciación por la Universidad correspondiente de las enseñanzas universitarias de postgrado vinculadas al área del Campus Científico-Tecnológico y sus aplicaciones a los sectores consolidados y emergentes.
d) Fomento de la investigación universitaria orientada a satisfacer las necesidades científicas, tecnológicas, industriales y empresariales de los distintos sectores, especialmente los emergentes
e) Fortalecer la generación, diseminación y transferencia de conocimiento de la Universidad en el ámbito del área del Campus Científico-Tecnológico.
f) La configuración de contenidos formativos curriculares y titulaciones de postgrado específicas adaptadas a la realidad industrial de la comarca.
g) Propiciar la interconexión con otros Centros nacionales, autonómicos e internacionales de Innovación Tecnológica.
h) Potenciación de los centros tecnológicos implicados para que dé una mejor respuesta a las necesidades industriales y empresariales y su entorno productivo.
i) Fomento de la creación de empresas auxiliares de los sectores emergentes en la zona que, además de atender las demandas específicas en la comarca, compitan para atender las demandas emergentes y especializadas fuera de ella con la acreditación de la cualificación y garantías exigidas.
j) Integración en las redes del fomento de la cultura emprendedora
5. Programa de consolidación y fortalecimiento de Parques Científico Tecnológicos (PCT) y de implantación de empresas en PCT.
La Comunidad Autónoma Andaluza cuenta con una importante red compuesta por 11 Parques Científico Tecnológicos con diferente grado de madurez. Algunos de ellos, creados más recientemente, en estado actual de consolidación, y otros en expansión o ampliación (maduros y en período de ampliación).
Se ha contrastado la importancia que los Parques maduros han ejercido sobre el tejido productivo ubicado en los mismos: como ejemplo de esta influencia se puede mencionar los ejemplos de Cartuja 93 y el Parque Tecnológico de Andalucía, en los que se concentra el 3,8% y el 4,6% del PIB de las provincias en las que se ubican; y el 3,8% y 5,7% del empleo, respectivamente.
Para la consolidación de los PCT andaluces, se prevé la construcción de una red de infraestructuras de apoyo a la actividad estratégica de transferencia de tecnología e innovación, al servicio de las empresas.
Esta red de infraestructuras estará compuesta por un edificio de unos 1.500 metros cuadrados aproximadamente, así como su equipamiento mobiliario, de telecomunicaciones y de investigación básica ubicado en los parques en consolidación, que se denominarán Centros Multifuncionales de Gestión y Apoyo a la Innovación, y se crearán con el objetivo de ofrecer servicios de apoyo a la innovación empresarial y transferencia de tecnología, tales como:
- Ventanilla única de apoyo a la innovación:
- Acceso directo a la actividad vinculada a los parques y campus científico tecnológicos.
- Oficina de transferencia de tecnológica, que ofrezca servicios de vigilancia tecnológica y de asesoramiento en materia de propiedad industrial, y creación de empresas.
- Servicio de asesoramiento, apoyo y gestión de proyectos de innovación en coordinación con la red OTRI de Andalucía y los centros tecnológicos y centros tecnológicos avanzados.
- Servicio de asesoramiento de la Fundación Red Andalucía Emprende y de la actividad de los CADE.
- Servicios de asesoramiento y formación en materia de innovación vinculados a las Cámaras de comercio.
- Aulas de formación en programas especializados de formación en gestión de la innovación
- Acceso a las redes telemáticas de apoyo a la innovación.
- Acceso a la red científica de Andalucía y a la red de divulgación científica. Acceso al mercado de ideas andaluz.
- Laboratorios de innovación. Living labs, salas de entrevistas con clientes, etc. Laboratorios de investigación para aquellas empresas de base tecnológica que los necesiten.
- Servicio de creación de EBT y de incubación de las mismas.
- Oficina de apoyo a la participación en programas y proyectos internacionales (incluido un servicio de traducción) y de VII Programa Marco de la UE.
- Oficina de desarrollo de personas al servicio de las empresas del parque (Talentia, etc.). Dotación en infraestructuras, equipamiento y acciones del programa.
Asimismo, se considera de interés estratégico la implantación de empresas en los PCT mediante la construcción de centros de empresas y centros de innovación empresarial ubicados en parques científicos tecnológicos que carecen de estas infraestructuras.
La ubicación de empresas innovadoras y de carácter tecnológico en los PCT ha garantizado de manera contrastada históricamente la viabilidad de estas empresas.
Se plantea, por lo tanto, la necesidad y oportunidad de crear entornos para el alojamiento de empresas en condiciones ventajosas y con acceso a las infraestructuras y servicios propios de los parques científico tecnológicos.
Estos entornos serían los Centros de Innovación Empresarial (CIE), dotados de servicios especiales de apoyo a la actividad innovadora y de acceso a las instituciones de generación y transferencia de conocimiento. Los Centros de Innovación Empresarial ofrecerán un espacio privilegiado para el desarrollo de empresas de valor añadido para la Comunidad Autónoma.
Asimismo, se dotará este programa de una cuantía anual para las actividades descritas anteriormente, destinada a cubrir los sueldos y salarios de una plantilla reducida, así como a la ejecución de los planes concretos, que se desarrollen en cada caso.
6. Programa de impulso y consolidación de Centros Avanzados de Innovación y Transferencia.
La Junta de Andalucía tiene prevista la creación de determinados Centros Avanzados de Innovación y Transferencia de tecnología, como cabeceras de innovación en áreas estratégicas definidas por la política científica de la Comunidad Autónoma.
Estos centros, cuya existencia está prevista en el PAIDI (Plan Andaluz de I+D+i 2007- 2013) vigente actualmente, son los centros cabecera de la colaboración público privada en materia de innovación en la región. Implican asimismo las palancas de acción concretas en materia tecnológica.
Los centros definidos se enumeran a continuación (incluyen la innovación aplicada y su transferencia en las siguientes áreas):
- Centro Avanzado de Innovación Agroalimentario.
- Centro Avanzado de Innovación en Ciencias de la Vida y la Salud.
- Centro Avanzado de Innovación en Tecnologías TIC.
- Centro Avanzado de Innovación en el turismo.
- Centro Avanzado de Innovación del Agua.
- Centro Avanzado de Innovación en el desarrollo sostenible.
- Centro Avanzado de Innovación en la construcción.
- Centro Avanzado de Innovación en la industria artesanal.
El programa de impulso y consolidación de Centros Avanzados de Innovación y Transferencia es una iniciativa que se traduce en la financiación del funcionamiento basal de los agentes de transferencia de tecnología descritos anteriormente.
Asimismo, se financiará con cargo a este programa el funcionamiento de los agentes del conocimiento vinculados a los Centros Avanzados de Innovación que operan actualmente en la Comunidad Autónoma en los principales sectores estratégicos.
Los objetivos previstos en el programa se traducen en:
- La creación de la red de agentes del conocimiento internacional cabecera de la innovación en la región.
- La articulación definitiva del modelo en red
7. Programa de Internacionalización del Subsistema andaluz del Conocimiento.
Se trata de promover la agregación de instituciones que compartiendo un mismo interés elaboren proyectos comunes, para impulsar la visibilidad internacional de Andalucía en ámbitos de interés estratégico.
Este programa implica actuaciones en varias líneas:
Desarrollo de personas.
Potenciando la formación de los investigadores y tecnólogos, mediante la realización de estancias en centros de investigación, laboratorios de prestigio y empresas de primer orden de ubicados fuera de Andalucía. Las estancias están dirigidas a la adquisición y mejora de conocimientos y habilidades que puedan revertir en un mayor desarrollo de las actividades de innovación, que desarrollen más tarde en sus centros de trabajo mediante la aplicación y difusión de los conocimientos y técnicas adquiridas. Igualmente, esta línea puede comprender la estancia temporal de investigadores y tecnólogos extranjeros que impartan sus conocimientos en centros de investigación y tecnológicos.
El desarrollo de personas también se llevará a cabo a través del programa TALENTIA, de formación de personal altamente cualificado a nivel internacional. Lanzado por la Junta de Andalucía en 2007, ha permitido a 266 jóvenes titulados universitarios andaluces realizar programas de postgrado en las universidades más prestigiosas del mundo. Se han invertido en él más de 12 millones de euros, a razón de más de 40.000 euros por beca.
TALENTIA valora los méritos alcanzados por los jóvenes titulados universitarios andaluces durante su carrera académica, la experiencia profesional adquirida, la proyección internacional, la capacidad de liderazgo y las actividades desarrolladas en el ámbito social y cultural. La misión del programa en este sentido es, no sólo identificar el talento e incentivar su desarrollo, sino también impulsar la meritocracia, el valor del esfuerzo, la excelencia académica, y la visión internacional en toda la población universitaria y la sociedad andaluzas.
Las becas se regulan mediante órdenes de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en las que se establecen sus bases y se abren las correspondientes convocatorias.
Se trata de un programa de incentivos entendidos como inversiones directas en capital humano en busca de un retorno: el de los beneficiarios de las becas hacia el tejido productivo andaluz a corto o medio plazo, junto al retorno de la inversión por la riqueza generada en Andalucía con el conocimiento aportado por estos jóvenes a medio y largo plazo. Tras su disfrute, los beneficiarios disponen de hasta 18 meses para su retorno a Andalucía donde se comprometen a desarrollar su carrera profesional durante al menos 4 años.
De esta forma, las becas Talentia tienen un impacto positivo no sólo en los beneficiados directos de los incentivos, sino por extensión en toda la población universitaria y el sistema andaluz del conocimiento, al crear un modelo de referencia al que potencialmente todos los jóvenes titulados universitarios pueden aspirar.
Las becas están destinadas a la realización de programas de postgrado (Master o doctorado), en universidades extranjeras de primer nivel y tienen una duración máxima de 24 meses. Desde 2009 también se incentivan programas profesionales de corta duración, orientados a la adquisición de conocimientos específicos por parte de profesionales previamente ligados a una empresa o institución en Andalucía.
El incentivo comprende el abono del importe completo de la matrícula del programa a realizar, que oscila entre los programas semi gratuitos de los países escandinavos y los más de 60.000 euros de algunos MBA; una bolsa de estancia cuyo importe mensual medio es de unos 1.500 euros; y una bolsa de viaje por cada 6 meses completos de estancia.
Además se ofrece a los solicitantes orientación sobre el programa a elegir y sobre estrategias de admisión en las universidades de destino, y orientación sobre el retorno a Andalucía, como empleado o como emprendedor, poniendo también a su disposición otros recursos de la Junta de Andalucía.
La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa prevé invertir en este programa 60 millones de euros hasta 2011, con lo que se superaría el número de 1.000 beneficiarios. Esta estimación se fundamenta en el constante aumento en el número de solicitudes, la incorporación anual al grupo de candidatos potenciales de unos 30.000 nuevos titulados universitarios, el efecto viral que las propias becas producen tanto entre los candidatos como entre las universidades a la hora de conseguir la admisión, y en general el trabajo de difusión y asesoramiento en el proceso de admisión que realiza la sociedad gestora del programa.
Captación de conocimiento para Andalucía (C2A) para posicionarlo al frente de los programas clave de innovación.
Actuaciones de coordinación, para fortalecer la capacidad innovadora internacional de España, mediante la coordinación de los programas e instituciones, tales como el programa Campus de Excelencia Internacional que impulsa el MICINN, en los sectores estratégicos de Andalucía, que implica una actuación coordinada entre el Gobierno, las Comunidades Autónomas, las universidades y los agentes sociales y económicos, encaminada a la modernización de las universidades españolas, y que puede ubicarse en la Estrategia E2I.
Actuaciones de internacionalización, mediante la creación de oficinas de proyectos que impulsen la presencia en las convocatorias de proyectos internacionales y apoyen en la gestión de los mismos. Se potenciará asimismo la creación de partenariados público-privado estables para la captación de proyectos de VII Programa Marco de I+D.
Infraestructuras y equipamiento de apoyo a las instituciones. Instalaciones de transferencia de tecnología y de apoyo a la empresa, mediante la creación de oficinas de transferencia de tecnología con capacidad para poner en el mercado los resultados de la investigación generados en estos entornos privilegiados y generando programas de detección precoz de resultados de la investigación y fondos de capital público–privado de apoyo a la comercialización de estos resultados.
En la actualidad, las iniciativas mencionadas pueden financiarse mediante la convocatoria anual prevista en la Orden de 11 de diciembre de 2007, pues contiene líneas de financiación que incentivan la internacionalización de las actuaciones de generación y transferencia de tecnología (proyectos en cooperación, cofinanciación de programas internacionales como aquellos que participan en el VII PM, etc.) y por lo tanto es un instrumento válido para potenciar las actuaciones previstas en el programa.
8. Programa de proyectos motrices de investigación.
Se encuadra también en el marco de la Orden de incentivos del 11 de diciembre de 2007 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el período 2008-2013.
El objetivo de este programa es el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación en Andalucía para que contribuyan a la creación y/o al mantenimiento del empleo estable y de calidad, a la vez que aumentan la competitividad de las empresas y aportan un valor añadido basado en el conocimiento. La finalidad de estos incentivos es promover la obtención de nuevos conocimientos mediante proyectos que deberán desarrollarse por equipos de investigación.
En definitiva, se pretende inducir proyectos que permitan facilitar y construir relaciones relevantes con el exterior y con las empresas, así como reportar un destacado impulso de la economía, el bienestar y la convivencia en Andalucía.
Dirigida a los agentes del conocimiento, recogidos en el registro al efecto, pretende apoyar las actividades científicas, tecnológicas y de innovación, de tal manera que se reflejen en la mejora de la competitividad y el bienestar de Andalucía, lo que es imprescindible para un desarrollo sostenible desde una triple perspectiva, social, económica y medioambiental.
Dado que los procesos de investigación científica, desarrollo y transferencia e innovación constituyen una de las principales fuerzas motrices del crecimiento económico y del bienestar de las sociedades modernas, pretendemos profundizar y facilitar con el programa de proyectos motrices de investigación tales procesos. Además, tiene como objetivo estratégico fortalecer la cooperación y la captación de recursos financieros internacionales en materia de ciencia, tecnológica e innovación.
Áreas de investigación incentivadas con el programa: serán calificados como motrices aquellos proyectos que por su aportación de conocimientos estratégicos permitan facilitar y construir relaciones relevantes con el exterior y con las empresas, así como reportar un destacado impulso de la economía, el bienestar y la convivencia en Andalucía.
La temática incentivada deberá ubicarse preferentemente en alguna de las siguientes áreas:
1.º Aeronáutica y Espacio.
2.º Nutrición y tecnología agroalimentaria.
3.º Atención a la dependencia y su Tecnología.
4.º Protección del patrimonio histórico y cultural.
5.º Energías renovables.
6.º Nanociencia, nanotecnología y materiales (NBIC).
7.º Patrimonio natural, biodiversidad y cambio global.
8.º Tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC).
9.º Transporte y movilidad.
10.º Turismo, ocio y deportes
9. Programa de fortalecimiento del capital humano vinculado al Sistema Andaluz del Conocimiento.
Consolidar el modelo andaluz de innovación supone llevar a acabo una estrategia de desarrollo del capital humano, en los siguientes términos:
1. Incorporación de doctores y tecnólogos a los agentes andaluces del conocimiento (de generación y transferencia de conocimiento) y a empresas: La actividad de los agentes del conocimiento andaluces supone una especial capacidad de sus equipos de gestión, especialmente en las tecnologías en las que operan.
En la actualidad la dotación del personal directivo de los agentes se encuentra razonablemente completa, siendo necesario en el proceso de consolidación de las instituciones incrementar la dotación de personal científico y en general de tecnólogos y gestores de la investigación y la innovación.
La selección y posterior incorporación del personal soportará las funciones que se resumen:
Vigilancia tecnológica.
Estudios tecnológicos sectoriales.
Demanda temprana de tecnología.
Gestión de la innovación y la investigación.
Captación de fondos en convocatorias competitivas.
Participación en convocatorias de VII PM.
El perfil de estas incorporaciones tendrá unas características definidas en las que primará:
Poseer el título de Doctor.
Acreditar formación y/o experiencia en la gestión de actividades similares.
Tener experiencia en la ejecución de proyectos de vigilancia tecnológica o gestión de investigación en instituciones públicas o privadas.
La selección de los perfiles por parte de las instituciones beneficiarias se realizará en colaboración con la Administración Autonómica, mediante la correspondiente selección.
2. Atracción de investigadores de reconocida valía internacional a las principales instituciones de generación del conocimiento (Universidades, OPI’s y Centros e Institutos de Investigación). Se impulsa la puesta en funcionamiento de un programa de atracción de investigadores de reconocida trayectoria profesional, extranjeros o españoles que hayan desempeñado su carrera profesional en el extranjero, para su incorporación a las instituciones de generación de conocimiento.
Este programa, llamado C2A se creó en 2007 vinculado a la orden de 11 de diciembre de 2007, y que en la actualidad se prevé un impulso definitivo. Es un proyecto que pretende atraer a los investigadores más prestigiosos del mundo a Andalucía.
Los investigadores que se incorporen a este programa tienen que acreditar una sólida trayectoria y capacidad de liderazgo, además de trabajar en líneas de investigación estratégica para la región, como la aeronáutica, biotecnología, nanotecnología, salud, energía medio ambiente, o tecnologías de la información y la telecomunicación.
Vinculado a los programas de creación de campus y centros tecnológicos avanzados, con capacidad de investigación, y ligados a los principales sectores productivos, supone una pieza clave para la competitividad del sistema, la incorporación de personal altamente cualificado y especialmente bien conectado en red internacionalmente, sin el que el plazo de consolidación de estos proyectos sería mucho más largo.
El programa de apoyo comprende el sueldo acordado con el investigador y el organismo de investigación que lo contrate.
Se estima la incorporación de 10 investigadores de reconocida valía durante dos años de vigencia del programa.
10. Programa de creación de EBT’s y empresas innovadoras de especial interés estratégico.
La creación de empresas de base tecnológica en el entorno universitario se viene desarrollando desde hace más de tres décadas en los países avanzados como una alternativa exitosa a la transferencia de tecnología clásica, en la cual el papel del investigador y sus colaboradores finalizaba una vez que se licenciaba el uso de la tecnología a las empresas o instituciones.
Este fenómeno es muy reciente en el entorno universitario español, donde lo habitual hasta ahora era la participación de los investigadores en la adaptación y aplicación de la tecnología al proceso productivo, pero sin implicarse directamente en los riesgos inherentes de su utilización como piedra angular de un proyecto empresarial.
Además de la creación de empresas surgidas del ámbito universitario, es cada día más habitual el necesario impulso a la transferencia de tecnología muy puntera y de especial interés estratégico a empresas, que requiere de una especial atención. Se trata de proyectos complejos, que requieren de mecanismos de apoyo excepcionales para garantizar la viabilidad de los mismos.
En el ámbito de los Campus y de los Parques Científico Tecnológicos, en los que se desarrollan los entornos y las capacidades necesarias para poner en valor el conocimiento por la vía de la generación de nuevos productos y servicios y su transferencia al mercado, se describe a continuación la actividad de creación de empresas de base tecnológica que se lleva a cabo en Andalucía, y una propuesta de programa de impulso a la creación de estas empresas en los entornos anteriormente descritos.
Presentación del programa CAMPUS: El Programa CAMPUS es una iniciativa de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en colaboración con las Universidades andaluzas para desarrollar empresas de base tecnológica (EBT) surgidas en el entorno universitario.
Su principal objetivo es la creación de empresas de base tecnológica cuya viabilidad empresarial se ve truncada habitualmente por la falta de desarrollo comercial y por el riesgo económico que debe asumir para el desarrollo del proyecto. De este modo, el programa CAMPUS aúna los conceptos fundamentales de la estrategia de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa vinculados a su política para la investigación y la creación de empresas: la Universidad, la investigación aplicada y el apoyo para la puesta en marcha de empresas de base tecnológica.
CAMPUS tiene una importancia estratégica desde el punto de vista de la creación de cultura y experiencia emprendedora en la Universidad. La contribución del programa CAMPUS en el desarrollo de empresas de base tecnológica de reciente creación es fundamental.
Los aspectos clave de este programa se resumen en:
Desarrollar un itinerario integrado de lanzamiento de Empresas de Base Tecnológica. Trabajar en colaboración con Universidades y Centros de Investigación.
Evaluar completa y profesionalmente los proyectos.
Tutorizar conjuntamente a las empresas.
Disponer de instrumentos para la financiación en fases de alto riesgo.
La Agencia Andaluza del Conocimiento contará con un departamento de transferencia de conocimiento, a través de la que se gestionarán las actuaciones de detección temprana y apoyo a la puesta en el mercado de los productos y servicios innovadores, generados desde las Universidades Andaluzas y las propias empresas.
Este departamento, coordinará y gestionará la transferencia de tecnología, integrando las actuaciones que se desarrollan actualmente dispersas en el sistema, configurándose como un entorno dinámico que integre la información, el capital y la presencia de las instituciones vinculadas a esta actividad estratégica.
La Agencia podrá desarrollar esta actividad por su carácter de agente coordinador del sistema de ciencia y tecnología regional, que implica su presencia en las instituciones cabecera del sistema (Campus Científico Tecnológicos, Parques Científico Tecnológicos, Centros Tecnológicos Avanzados, etc.).
11. Programa de impulso a proyectos de innovación y desarrollo.
Desde su aprobación por el Consejo de Ministros el 2 de julio de 2010, la Estrategia Estatal de Innovación (e2i) constituye el marco de actuación de la política del Gobierno en materia de innovación para contribuir al cambio de modelo productivo en España, a través del fomento y la creación de las estructuras que faciliten el mejor aprovechamiento del conocimiento científico y el desarrollo tecnológico.
Esta Estrategia pivota sobre un núcleo central, que es el conocimiento y su transferencia mediante una serie de medidas, entre las que destacan aquellas que se dedican a fomentar la existencia de un mecanismo estable de cooperación entre el sector productivo y los organismos de investigación.
Desde la Comunidad Autónoma de Andalucía se pretende contribuir a este objetivo con esta línea de actuación se trata de acometer nuevo programa para fomentar la colaboración público–privada en I+D de manera estable y en áreas de importancia estratégica para el desarrollo de la economía del conocimiento en esta Comunidad Autónoma.
Para ello esta Consejería viene potenciando la colaboración entre los distintos tipos de agentes del conocimiento al exigir en distintas líneas de incentivos una participación de agentes de otra naturaleza, en concreto, de empresas en los proyectos promovidos por agentes de generación del conocimiento, de naturaleza primordialmente pública; y de grupos de investigación de universidades u otros agentes en los proyectos promovidos por empresas. Tanto en un caso como en otro, con una participación mínima del 15%.
Mientras la colaboración de empresas en proyectos de iniciativa pública se articula preferentemente a través de la línea de los proyectos motrices a que ya se ha hecho referencia, con este programa se trata de articular la participación de los grupos de investigación públicos en los proyectos de innovación promovidos por empresas, con una importante dotación, a fin de fomentar también el incremento de la participación privada en las actividades de I+D+i.
Por tanto, se promueve el desarrollo de proyectos empresariales en colaboración con un elevado componente de innovación que busquen la interacción entre el entorno científico y productivo como mecanismo para dar respuesta a las necesidades de innovación y desarrollo que demanda la sociedad andaluza.
Para ello se financiarán proyectos empresariales con un elevado componente en innovación y que deben contar como requisito imprescindible en su desarrollo con la participación de un grupo o centro de investigación –al menos en un 15%–, valorándose especialmente una mayor intensidad. De este modo, la transferencia de tecnología entre Universidad y empresa está asegurada.
Los sectores de actuación prioritarios serán: Aeroespacial y Procesos Productivos, Agroalimentario, Biotecnología, Energía y Medio Ambiente, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs) y el sector Ocio y Turismo
Se persigue que el know-how generado con el desarrollo de los proyectos se aplique y permanezca en Andalucía. Este proceso desembocará, a medio o largo plazo, en una comunidad autónoma más tecnificada.
Los proyectos que se presentan para obtener financiación son sometidos a una evaluación externa por expertos independientes pertenecientes a organismos nacionales acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
La evaluación se basa en los siguientes criterios:
El potencial científico y tecnológico, donde prima el área de investigación, el nivel y el grado de innovación del proyecto, así como la experiencia y la calidad del grupo universitario de investigación que participa con la empresa en la ejecución.
El potencial de explotación comercial, dado que sólo se financiarán proyectos económica o socialmente rentables.
La capacidad de impacto en la región.
La formulación y planificación de proyectos.
El programa se articula en dos líneas:
a) Una primera destinada a la financiación de proyectos de empresas individuales, con la participación de un grupo de investigación, en los términos señalados y con una dotación aproximada del 40% del total de programa
b) Otra, de aproximadamente el 60%, para proyectos de I+D realizados por consorcios de, al menos, tres empresas independientes y tres años de duración. Con ella se persigue fomentar la creación de consorcios público-privados ambiciosos que aborden líneas temáticas de larga duración, con elevado riesgo comercial y adaptados a las peculiaridades de los Sistemas Ciencia-Tecnología-Empresa de la comunidad autónoma
Mediante esta actuación se financiarán grandes proyectos integrados de I+D en sus diversas tipologías (desarrollo tecnológico, innovación tecnológica, investigación industrial concertada y neotec de carácter estratégico, gran dimensión, teniendo como objetivo el desarrollo de tecnologías novedosas en áreas tecnológicas de futuro con proyección económica y comercial a nivel internacional, y suponiendo al mismo tiempo un avance tecnológico e industrial relevante
Estas ayudas supondrán para los grupos y centros la posibilidad de aumentar sus recursos humanos, financiando la formación y participación de investigadores, así como potenciar sus infraestructuras científicas con la participación en proyectos de I+D+i.
Se trata, en definitiva de una actuación dirigida a la vertebración del sistema mediante el fomento de la cooperación entre universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos y empresas y que favorezcan la incorporación de las PYMES a la actividad innovadora.
12. Proyecto motriz de investigación en el área de investigación incentivada: Energías Renovables.
En esta actuación se propone el desarrollo de un proyecto motriz de investigación en la provincia de Almería que se encuadra en el Área de investigación incentivada Energías Renovables y que lleva por título «Desarrollo de una tecnología nacional de receptor volumétrico de torre con aire atmosférico, de alta eficiencia y gestionabilidad mediante el uso de almacenamiento térmico e hibridación con biomasa»
En el marco de este Convenio, se prevé la financiación de esta actuación por la Junta de Andalucía mediante una subvención u otra modalidad de aportación de capítulo VII por la totalidad del presupuesto.
Antecedentes y motivación: En Almería se dan las condiciones óptimas que hacen de esta la ubicación más favorable para este proyecto.
Allí se encuentra ubicada la Plataforma Solar de Almería (PSA) del CIEMAT, desde la que se han venido ensayando diversas tecnologías para plantas solares termoeléctricas con sistemas de receptor central (receptores de vapor saturado, de vapor sobrecalentado, de aire a presión, de aire atmosférico y de sales fundidas). De todas las tecnologías evaluadas hasta el momento, una de las que han mostrado un mayor potencial comercial por sus características de eficiencia termodinámica y sencillez de operación y mantenimiento es la tecnología de receptor volumétrico de aire atmosférico. No obstante, los diversos prototipos de receptores de este tipo que han sido ensayados en la PSA han puesto de manifiesto que la tecnología aún no está lista para su comercialización por lo que requiere de un esfuerzo de I+D importante.
La experiencia y «know-how» adquiridos en la PSA en relación con la tecnología de receptores volumétricos de aire atmosférico, junto con las instalaciones experimentales que ya posee este centro, nos colocan en una magnifica posición para abordar el desarrollo de una tecnología de receptores volumétricos de aire atmosférico de alta eficiencia y gestionabilidad.
Descripción: El proyecto de desarrollo tecnológico que se propone consiste en el diseño, construcción y evaluación del receptor propiamente dicho, así como de los sistemas auxiliares que dotarían al conjunto de la gestionabilidad necesaria para integrar la producción eléctrica en red atendiendo en cada momento a los requerimientos del operador de la misma. Son dos los sistemas auxiliares a desarrollar:
Sistema de almacenamiento térmico.
Caldera auxiliar que permita la operación híbrida solar-biomasa.
El proyecto también contempla la construcción de una planta piloto, utilizando en parte las instalaciones ya existentes en Almería, lo que permitiría estudiar experimentalmente bajo condiciones solares reales de operación, no solo el nuevo receptor volumétrico que se desarrolle, sino también el almacenamiento y la hibridación con biomasa.
Duración del proyecto y presupuesto: La duración prevista para el desarrollo tecnológico que se propone sería de tres años (del 2010 al 2012) y requiere de un presupuesto aproximado de 5 millones de euros, distribuidos a lo largo de los tres años de la forma siguiente:
Año 2010: 1 millón de euros
Año 2011: 3 millón de euros
Año 2012: 1 millón de euros
Resultados esperados: El éxito del proyecto propuesto permitiría disponer de una tecnología nacional de vanguardia, que afianzaría el liderazgo que actualmente ejerce España en Energía Solar Termoeléctrica, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras.
13. Impacto socioeconómico.
Descripción de la situación de partida: La posición del sistema de innovación andaluz en el contexto nacional arroja datos que apuntan a una convergencia real. Los ratios de captación de proyectos del Plan Nacional, 16,56% del total nacional en cuanto al número de proyectos y el 13,9% en el volumen de las cuantías, de producción científica con el 14,94% del total nacional, de patentes con el 62% y los modelos de utilidad, con el 48,29% son cifras representativas de esta situación.
Los indicadores de innovación reflejan que, tanto el gasto como la intensidad de innovación, crecen espectacularmente en Andalucía a pesar de que el número de empresas innovadoras desciende a partir de 2007, tanto en el escenario andaluz como nacional.
Los datos de inversión en I+D han alcanzado el umbral del 1,01% del PIB en 2007, y se estima un incremento importante en 2008 y 2009.
Los datos de empleo vinculados a investigación sobre la población activa en 2007 eran del 6%. El empleo vinculado a centros tecnológicos en 2007 ascendía a 553 personas, con un gasto en actividades de innovación de casi 32 millones de euros.
Los Parques Científico Tecnológicos consolidados, por su parte, concentran una media del 4% del PIB de su provincia y el 4,5% del empleo.
Con todo ello, las actuaciones previstas en este documento tienen, sin duda un impacto socioeconómico considerable y positivo, que además implica una dimensión sostenible en el tiempo dado que la mayor parte de las actuaciones implican una consolidación de los programas, las instituciones y las infraestructuras, de largo recorrido.
Medida del impacto de las actuaciones previstas: Para medir el impacto de la política científica y de innovación de una región, se plantea un escenario de evolución de los indicadores de output de referencia, así como un análisis en términos de evolución macroeconómica y social.
Para operativizar este análisis se propone con concretar la influencia en términos de empleo y generación de conocimiento de cada una de las medidas concretas. Un análisis posterior podrá deducir el impacto de éstas medidas vinculado a la situación macroeconómica, de más difícil predicción en el actual marco de inestabilidad.
Dada la situación económica nacional y los objetivos marcados por el programa Euroingenio y el PAIDI, se proponen estas actuaciones para garantizar el cumplimiento de éstos objetivos.
Se resume a continuación las variables de empleo y generación de conocimiento:
Consolidar la red de Parques Científico Tecnológicos en cada provincia andaluza para conseguir los ratios de impacto de los Parques más avanzados: concentrar a 4,6% del PIB y 5,7% del empleo a nivel provincial en todo el territorio regional. Además, vinculados a esta acción se incorporan las siguientes iniciativas:
Creación de 8 Centros Multifuncionales de Gestión y Apoyo a la Innovación operativos. Se estima la creación de 100 puestos de trabajo directos (la construcción de estos edificios, además, supondrá un empleo de 160 personas en dos años) y el impulso a 800 empresas innovadoras, que implicaría transferir una media de 1.600 productos o servicios en dos años.
Creación de centros de empresas y centros de innovación empresarial, con el objetivo de ubicar a 250 empresas innovadoras. Se trata de 8 centros que darán empleo a 40 profesionales de gestión y administración, así como a 16 profesionales altamente cualificados en gestión de la innovación. La construcción de estas infraestructuras y su equipamiento supondrá asimismo generación de empleo.
Creación de 7 Centros Avanzados de Innovación y Transferencia de Tecnología vinculados a los principales sectores productivos y ubicados en los Campus. Siendo entidades de gestión, implican una plantilla media de 5 personas, por lo que podrán generar 35 puestos de trabajo directo, y tendrán una importante repercusión en términos de coordinación y fortalecimiento del sistema andaluz del conocimiento. Se estima una gestión coordinada de 10 proyectos de investigación anuales (70 proyectos), un incremento importante en las tasas de transferencia de tecnología e innovación que podría ascender a 20 acciones anuales (140 acciones de transferencia y tecnología) y un ahorro significativo en las necesidades de equipamiento e infraestructuras del sistema que redundará en las necesidades en esta materia.
Apoyo a 180 proyectos motrices (60 proyectos anualmente) de investigación aplicada, en los que trabajen casi 1.000 investigadores de instituciones públicas y el mismo número de investigadores de empresas. Se espera que, al menos, se generen 90 patentes (una patente por cada dos proyectos motrices) y se incorporen 180 nuevos productos o servicios a las empresas vinculadas.
Programa de fortalecimiento del capital humano. Becas TALENTIA, que repercutirán sobre las capacidades de 1.000 jóvenes licenciados y profesionales de empresa. Incorporación de tecnólogos a los agentes andaluces del conocimiento que supondrán la contratación de casi 200 tecnólogos altamente cualificados. Programa de captación del conocimiento, que incorporará a 10 investigadores de reconocido prestigio internacional a las instituciones de generación de conocimiento regional. Programa de impulso a proyectos de innovación y desarrollo.
Resumen financiero de la propuesta.
Se incluye a continuación un resumen financiero de la propuesta, así como la planificación de su ejecución:
Presupuesto total (millones de euros) |
Distribución de ingresos | ||
2010 | 2011 | 2012 | |
200 | 115 | 55 | 30 |
Programas | Estimación de gasto |
Impuso a RETA | 3 |
Creación de Campus Científicos Tecnológicos | 12 |
Consolidación de los Parques Científicos Tecnológicos e implantación de empresas en Parques Científicos Tecnológicos | 17 |
Centros Avanzados de Innovación | 46 |
Subsistema de conocimiento internacional | 25,1 |
Proyectos motrices de investigación | 21 |
Desarrollo de capital humano | 6 |
Creación de EBT’s y empresas innovadoras | 14 |
Proyectos de innovación y Desarrollo | 50,9 |
Proyecto en Energías Renovables | 5 |
Total | 200 |
La ejecución de las actuaciones se estima se realizarán entre los años 2010 y 2012, ambos incluidos.
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